DECRETO 1608 DE 1992

Decretos 1992

DECRETO 1608 DE  1992    

(septiembre 30)    

POR EL CUAL SE SUSPENDEN LOS  NIVELES DE CERT PARA LAS EXPORTACIONES DESTINADAS A ECUADOR Y BOLIVIA.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de  sus facultades constitucionales y en especial de las que le confiere el numeral  25 del artículo 189 de la Constitución Política,  con sujeción a las normas generales señaladas en las Leyes 48 de 1983 y 7 de  1991,    

DECRETA:    

Artículo 1° Las exportaciones que se  embarquen con destino a Ecuador y Bolivia a partir de la fecha de vigencia del  presente Decreto no se beneficiarán de los niveles de Certificados de Reembolso  Tributario CERT, establecidos en el Decreto 0446 de 1992.    

Artículo 2° El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y hasta tanto se expidan las normas en  virtud de las cuales se amortizarán las devoluciones de impuestos indirectos  como incentivos de naturaleza tributaria al interior del Grupo Andino.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 30 de septiembre  de 1992.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

RUDOLF HOMMES R.    

La Viceministra de Comercio Exterior, encargada de  las funciones del Despacho del Ministro de Comercio Exterior,    

MARTA LUCIA RAMIREZ DE RINCON.              

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