DECRETO 1595 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 1595 DE 1994    

(julio  27)    

por el cual se aprueba el Acuerdo número  011 del 11 de mayo de 1994 de la Junta Directiva del Fondo Nacional del  Notariado.    

Nota: Derogado por el Decreto 2402 de 1997,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en  especial las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,    

DECRETA:    

ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo  número 011 del 11 de mayo de 1994, expedido por la Junta Directiva del Fondo  Nacional del Notariado, cuyo texto es el siguiente:    

ACUERDO  NÚMERO 011 DE 1994    

(mayo  11)    

por  el cual se modifica la planta de personal del Fondo Nacional del Notariado.    

La Junta Directiva del Fondo  Nacional del Notariado, en ejercicio de las facultades legales establecidas en  los Decretos 027 de 1974, 2539 de 1993 y el Acuerdo número 25 de 1988, artículo  9º, literal c), y    

CONSIDERANDO  QUE:    

El artículo 1º del Decreto 2539 del 17 de diciembre de  1993, establece que la  Dirección y Administración del Fondo estará a cargo de una Junta Directiva y de  un Director General designado por el Presidente de la República, quien será su  representante legal;    

De conformidad con el oficio  número 1455 del 18 de abril de 1994, la Dirección General del Presupuesto  Nacional, emitió concepto favorable sobre la viabilidad presupuestal para la  modificación de la Planta de Personal del Fondo Nacional del Notariado;    

Con fundamento en las normas  citadas anteriormente, se hace necesario crear el cargo de Director General del  Fondo Nacional del Notariado,    

ACUERDA:    

Artículo 1º. Crear en la planta de  Personal del Fondo Nacional del Notariado el siguiente cargo:       

No.DE CARGOS                    

DEPENDENCIA    Y DENOMINACION DEL EMPLEO                    

CODIGO                    

GRADO   

                     

Dirección    General                    

                     

1(uno)                    

Director General de    Establecimiento Público                    

0015                    

19      

Artículo 2º. El presente acuerdo  rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional.    

Comuníquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a  11 de mayo de 1994.    

El Presidente (Fdo.), Roberto  Hinestrosa Rey.    

El Secretario (Fdo.), Martha  Cifuentes de Montoya».    

ARTICULO 2º. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación, y modifica en lo pertinente el Decreto 3145 de 1990.    

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a  27 de julio de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia y del  Derecho,    

Andrés González Díaz.    

El Viceministro de Hacienda y  Crédito público, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de  Hacienda y Crédito Público,    

Héctor José Cadena Clavijo.    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función    

Pública,    

Eduardo  González Montoya.              

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