DECRETO 1405 DE 1993
(julio 21)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO 08 DEL 27 DE ABRIL DE 1993, EXPEDIDO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL COLEGIO MAYOR DE CUNDINAMARCA, POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO Y SE DETERMINA EL NÚMERO DE TRABAJADORES OFICIALES.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 1336 de 1994.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, ordinal 14,
DECRETA:
ARTICULO 1° Aprobar el Acuerdo 08 del 27 de abril de 1993, expedido por el Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca por el cual se establece la planta de personal administrativo y se determina el número de trabajadores oficiales de esa Institución, cuyo texto es el siguiente:
«ACUERDO NÚMERO 08 DE 1993
(abril 27)
por el cual se establece la planta de personal administrativo y se determina el número de trabajadores oficiales del Colegio Mayor de Cundinamarca.
El Consejo Directivo del Colegio Mayor de Cundinamarca, en ejercicio de sus funciones legales y estatutarias,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Colegio Mayor de Cundinamarca serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
Número de Cargos
Denominación del Empleo
Código
Grado
Despacho del Rector.
1
Rector de Colegio Mayor
0055
03
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Secretario
5140
08
1
Conductor Mecánico
6010
08
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
Planta Globalizada.
1
Vicerrector de Colegio Mayor
0065
02
4
Decano de Colegio Mayor
0160
01
1
Secretario General de Colegio Mayor
2180
07
1
Jefe de División
2040
06
1
Jefe de Sección
2075
02
3
Profesional Especializado
3010
09
1
Profesional Especializado
3010
08
1
Profesional Universitario
3020
09
2
Profesional Universitario
3020
06
2
Profesional Universitario
3020
05
3
Profesional Universitario
3020
04
7
Profesional Universitario
3020
03
2
Médico (M.T.)
3085
14
1
Odontólogo (M.T.)
3085
14
3
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico en Educación
4075
07
2
Técnico Operativo
4080
07
1
Tesorero
5015
18
7
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Almacenista
5080
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
3
Auxiliar Administrativo
5120
09
13
Secretario
5140
08
4
Secretario
5140
06
4
Ayudante de Oficina
5155
07
10
Ayudante de Oficina
5155
05
1
Enfermero Auxiliar
6045
07
5
Celador
6020
04
3
Auxiliar de Servicios Generales
6035
03
Artículo 2° El Rector mediante resolución hará la distribución de los cargos y la ubicación del personal de la planta globalizada, de acuerdo con la estructura orgánica, planes, programas y necesidades del servicio.
Artículo 3° Fíjase en veinte (20) el número de trabajadores oficiales al servicio del Colegio Mayor de Cundinamarca con una asignación básica mensual equivalente al grado 03 de la escala del nivel operativo.
Artículo.4° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos 11 del 21 de febrero de 1983 y 046 del 14 de diciembre de 1992.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 27 de abril de 1993.
El Presidente del Consejo,
(Fdo.) DORA NOSSA DE LUNA.
El Secretario del Consejo
(Fdo.) BERTHA MARINA GAITAN DE GALAN».
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del l° de enero de 1994 y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el Decreto 1396 del 16 de mayo de 1983.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D C., a 21 de julio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ; La Ministra de Educación Nacional, MARUJA PACHON DE VILLAMIZAR; El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.