DECRETO 1395 DE 1994
(julio 1° )
por el cual se aprueba el Acuerdo número 005 del 13 de abril de 1994, que modifica parcialmente la Planta de Personal para el Sanatorio de Contratación, Santander.
Nota: Derogado por el Decreto 2689 de 1997, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1o. Apruébase el Acuerdo número 005 de abril 13 de 1994, por el cual se modifica parcialmente la Planta de Personal del Sanatorio de Contratación, Santander, cuyo texto es el siguiente:
REPUBLICA DE COLOMBIA
SANATORIO DE CONTRATACION
JUNTA DIRECTIVA
ACUERDO NÚMERO 005 DE 1994
(abril 13)
por el cual se modifica parcialmente la Planta de Personal del Sanatorio de Contratación, Santander.
La Junta Directiva del Sanatorio de Contratación, Santander, en desarrollo de las facultades que le confieren los Decretos 1050, 3130 de 1968, 2575 de 1970 y 2164 de 1992,
ACUERDA:
Artículo 1o. Suprímense los siguientes cargos de la Planta de Personal del Sanatorio de Contratación, Santander, que a continuación se relacionan:
CANTIDAD
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL
1(uno)
Auditor
3030
04
PLANTA GLOBALIZADA
ATENCION MEDICA
4(cuatro)
Profesional Universitario
3020
04
2(dos)
Profesional Universitario
3020
03
4(cuatro)
Ayudante
6025
02
ADMINISTRACION
1 (uno)
Técnico en Presupuesto
4035
07
1 (uno)
Auxiliar Administrativo
5120
13
1 (uno)
Almacenista
5080
11
1 (uno)
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
Artículo 2o. Créanse los siguientes cargos en la Planta de Personal del Sanatorio de Contratación, Santander, así:
DESPACHO DE LA DIRECCION GENERAL
1(uno)
Auditor
3030
05
PLANTA GLOBALIZADA
ATENCION MEDICA
3(tres)
Profesional Universitario
3020
09
1(uno)
Profesional Universitario
3020
06
2(dos)
Profesional Universitario
3020
05
4(cuatro)
Ayudante
6025
03
ADMINISTRACION
1(uno)
Técnico en Presupuesto
4035
10
1(uno)
Pagador
5045
17
1(uno)
Almacenista
5080
13
1(uno)
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
Artículo 3o. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, surte efectos fiscales a partir de su aprobación por el Gobierno Nacional y modifica en lo pertinente el Acuerdo número 020 de junio 3 de 1993, aprobado por Decreto 2105 de octubre 21 de 1993.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Contratación, Santander, a los trece (13) días del mes de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994).
Presidente Junta Directiva,
(Fdo.) Teodosio Riveros Daza.
Hay sello.
Secretario Junta Directiva,
(Fdo.) Luis Antonio Acuña Bautista.
Hay sello.
ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 1° de julio de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Ministro de Salud,
Juan Luis Londoño de la Cuesta.
El Director del Departamento Administrativo de la Función
Pública,
Eduardo González Montoya.