DECRETO 139 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 139 DE  1994.    

(enero )    

Por el cual se modifica el Decreto 84 de 1994.    

Nota : Derogado por el Decreto 50 de 1995,  artículo 13.    

El presidnete de la Repúblico  de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1°  El literal b del artículo 3° del Decreto 84 de 1994  quedará así:    

b) Para los Fiscales  Regionales, los Directores Seccionales y los Jefes de Oficina de la Fiscalía el  cincuenta por ciento (50%) del salario mensual tendrá el carácter de gastos de  representación.    

Artículo 2°  El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en  los pertinente el Decreto 84 de 1994.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de  Bogotá, D.C., a 18 de enero de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia y  del Derecho,    

ANDRES GONZALEZ DIAZ.    

El Viceministro de  Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

HECTOR JOSE CADENA  CLAVIJO.    

El Subdirector del Departamento  Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho  del Director del Departamento Administrativo de la Fucnión Pública,    

JORGE ELIECER SABAS  BEDOYA.              

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