DECRETO 1378 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO 1378 DE 1993     

(julio 13)    

POR EL CUAL SE APRUEBA UN ACUERDO DEL COMITE  NACIONAL DE CAFETEROS.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades que le confieren las Leyes 76 de 1927 y 11 de 1972 y el Decreto  legislativo 2078 de 1940,    

DECRETA:    

ARTICULO 1° Apruébase el Acuerdo número 2 de 1993  del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:    

«ACUERDO NÚMERO 2 DE 1993    

(mayo 12)    

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus  atribuciones, y    

CONSIDERANDO:    

a) Que con base en el Decreto número  2078 de 1940 y en las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el  Gobierno y la Federación celebraron, el 22 de diciembre de 1988, un contrato de  administración y manejo del Fondo Nacional del Café y Prestación de Servicios;    

b) Que la Federación posee en Flamengo Park  Towers-Praia De Flamengo número 66 de la ciudad de Río de Janeiro (Brasil), un  inmueble adquirido con recursos del Fondo Nacional de Café, en donde  funcionaban las oficinas de la entidad en esa ciudad, y que, en desarrollo de  la decisión adoptada de cerrar dicha oficina, se ha considerado pertinente  proceder a su venta;    

c) Que la Bolsa de inmuebles de Río de Janeiro efectuó  a finales del año anterior el avalúo del citado inmueble, el cual arrojó la  suma de US$ 260.000.00 suma que incluye, además, el mobiliario, teléfonos,  computador, divisiones internas y otros;    

d) Que la Federación, encargó a la firma Dimensao  para ofrecer en venta el precitado inmueble, tomando como base el avalúo  existente, y para publicar avisos de prensa con las condiciones establecidas;    

e) Que en desarrollo de las gestiones anteriores,  se recibió de la firma Kribie Admistrac’Ao e Participac’ Ao Ltda., una oferta  por la suma de US$ 300.000.00 monto que incluye el mobiliario, teléfonos, y  demás enseres y elementos antes citados;    

f) Que el Comité, con el voto expreso y favorable  del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, autorizó a la Gerencia de la  Federación para llevar a cabo la mencionada venta,    

ACUERDA:    

Artículo 1° Autorízase a la Federación Nacional de  Cafeteros de Colombia, como administradora del Fondo Nacional del Café, para  vender a la firma Kribie Administrac’Ao e Participac’Ao Ltda., el inmueble  donde funcionaban las Oficinas de la entidad en Río de Janeiro, junto con el  mobiliario correspondiente, el cual incluye: teléfonos, computador, divisiones  internas, persianas, fax, en la suma de trescientos mil dólares (US$ 300.000.00)  pagaderos de contado, a la firma de la escritura.    

Artículo 2° Autorízase a la Gerencia General de la  Federación para realizar todos los actos jurídicos y administrativos que sean  necesarios para el perfeccionamiento de la presente operación.    

Artículo 3° Sométase al presente Acuerdo a la  aprobación del señor Presidente de la República a través del señor Ministro de  Hacienda y Crédito Público.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a los doce (12)  días del mes de mayo de mil novecientos noventa y tres (1993).    

El Presidente,    

                                      (Fdo.)  DIEGO ARANGO MORA.    

El Secretario,                             (Fdo.)  HERNANDO GALINDO MAYNE>>.    

ARTICULO 2° Este Decreto rige desde la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de julio de  1993.    

                                      CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

                                      RUDOLF  HOMMES.    

               

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