DECRETO 1339 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO 1339 DE 1993    

julio 9)    

POR EL CUAL SE CREAN LOS CIRCULOS NOTARIALES DE EL  COPEY, PAILITAS Y SAN ALBERTO EN EL DEPARTAMENTO DE CESAR Y SE CREAN UNAS  NOTARIAS.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones  conferidas por el artículo 131 de la Constitución Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que es preocupación del  Gobierno Nacional propender por la búsqueda de soluciones a las necesidades más  sentidas de la población colombiana;    

Que el Gobierno  Nacional es consciente de la necesidad de ofrecer cada día un mejor servicio a  quien lo demanda y de brindar mayor comodidad a los usuarios en todas aquellas  regiones del territorio nacional;    

Que de conformidad con  el numeral 10 del artículo 9° del Decreto 2158 de 1992,  la Superintendencia de Notariado y Registro ha hecho un análisis de las  condiciones de desarrollo económicoÄsocial presente y futuro de los municipios  y regiones del país lo que le ha permitido recomendar al Gobierno Nacional la  creación de círculos de notariado y la determinación del número de notarios;    

Que en reiteradas  oportunidades la Superintendencia de Notariado y Registro ha recibido  solicitudes provenientes de la ciudadanía, en el sentido de atender la creación  de una notaría para los municipios de El Copey, Pailitas y San Alberto;    

Que en razón de que la  región afronta problemas de orden social, se requiere brindar una especial  atención por parte del Gobierno Nacional;    

Que la ampliación de la  cobertura del servicio público de notariado mediante la creación de círculos notariales  y notarías, facilitará el acceso del usuario al servicio y redundará en  eficacia y eficiencia en la prestación del mismo;    

Que la cobertura del  actual servicio de notariado equivale al 46.7% de los 1.022 municipios del  país, correspondiente a 478 círculos notariales con un total de 635 notarías;    

Que el inciso 3° del artículo 131 de la Constitución Política  establece “corresponde al Gobierno la creación supresión y fusión de los  círculos de notariado y registro y la determinación del número de notarios y  oficinas de registro”;    

Que por lo  anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° Para La prestación del servicio público  notarial créanse los siguientes, círculos notariales cuya compresión municipal  será la que a continuación se indica:       

CIRCULO NOTARIAL                    

COMPRENSION MUNICIPAL                    

CATEGORIAS   

Departamento del Cesar   

El Copey                    

El Copey                    

1a   

                     

Bosconia                    

Pailitas                    

Pailitas                    

2a   

                     

Pelaya                    

San Alberto                    

San Alberto                    

1a   

                     

San Martín                    

       

Artículo 2° Créase la notaría única en cada uno de los  siguientes círculos notariales:    

-El Copey.    

-Pailitas.    

-San Alberto.    

Artículo 3° La Superintendencia de Notariado y  Registro verificará que el local en donde funcione la notaría reúna las  condiciones exigidas para la buena prestación del servicio conforme a lo  establecido en el Estatuto Notarial.    

Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de  Bogotá, D.C., a 9 de julio de 1993. CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia  y del Derecho, ANDRES GONZALEZ DIAZ.              

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