DECRETO 1322 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO  1322 DE 1993    

(julio 9)    

POR EL CUAL SE CREA  LA NOTARIA VEINTICINCO EN EL CIRCULO    

NOTARIAL DE MEDELLIN  EN EL DEPARTAMENO DE ANTIOQUIA.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio    

de las atribuciones  conferidas por el artículo 131    

de la Constitución  Política, y    

CONSIDERANDO:    

Que el incremento en  los volúmenes de escrituración, el crecimiento de la población, la asignación  de nuevas funciones a las notarías y la necesidad de mejorar la prestación del  servicio notarial, hace indispensable la creación de una nueva notaría que dé  respuesta a las actuales circunstancias de progreso económico-social de la  ciudad de Medellín;    

Que el Acuerdo número  54 de 1987, expedido por el Consejo de Medellín, adoptó para la  administración,16 comunas en el Municipio de Medellín;    

Que las notarías del  círculo de esta ciudad en un 75% se concentran particularmente en el sector del  centro privando a los usuarios de otros sectores populosos del fundamental  servicio;    

Que para la eficaz  prestación del servicio notarial, es necesario atender los sectores de la  ciudad que se encuentran más desprotegidos con el fin de satisfacer las  crecientes necesidades de la comunidad en materia de servicios notariales;    

Que el inciso 3° del  artículo 131 de la Constitución Política de  Colombia establece que “corresponde al Gobierno la creación, supresión y  fusión de los círculos de notariado y registro y la determinación del número de  notarios y oficinas de registro”;    

Que el numeral 10 del  artículo 9° del Decreto 2158 de 1992  faculta al Superintendente de la Superintendencia de Notariado y Registro para  proponer al Gobierno Nacional la creación o supresión de notarias;    

Que la  Superintendencia de Notariado y Registro adelantó los estudios para la creación  de nuevas notarias teniendo en cuenta los factores de volumen de escrituración  de las actuales y de crecimiento poblacional de la ciudad de Medellín, así coma  las reiteradas solicitudes presentadas por la ciudadanía para la creación de  nuevas notarías;    

Que por lo  anteriormente expuesto,    

DECRETA:    

Artículo 1° Créase en  el Círculo Notarial de Medellín la Notaría 25 la cual tendrá su ubicación en la  comuna once (11) denominada Laureles-Estadio.    

Artículo 2° La  notaría que se crea será de 1ª categoría.    

Artículo 3° De  conformidad con los dispuesto en el artículo 157 del Decreto 960 de 1970,  modificado por el Decreto 2163 de 1970  artículo 44 inciso 2°, la localización de la sede de la notaría creada en el  artículo anterior, será autorizada previamente por la Superintendencia de  Notariado y Registro.    

Artículo 4° La  Superintendencia de Notariado y Registro verificará que el local en donde  funcione la notaría reúna las condiciones exigidas para la buena prestación del  servicio, conforme a lo establecido en el Estatuto Notarial.    

Artículo 5° El presente  Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y  cúmplase.    

Dado en Santafé de  Bogotá, D. C., a 9 de julio    

de 1993.    

CESAR GAVIRIA  TRUJILLO    

El Ministro de  Justicia y del Derecho,    

ANDRES GONZALEZ DIAZ.    

               

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