DECRETO 1250 DE 1993
(junio 30)
POR EL CUAL SE SUPRIMEN UNOS CARGOS Y SE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DEL MINISTERIO DE COMUNICACIONES.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2540 de 1999.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1574 de 1999 y por el Decreto 2465 de 1997.
Nota 3: Derogado parcialmente por el Decreto 406 de 1995, artículo 8º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 55 del Decreto 1042 de 1978 y el artículo 25 del Decreto 2122 de 1992,
DECRETA:
Artículo 1° Suprímanse de la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones, creada mediante el Decreto 2212 de 1991, los cargos que a continuación se relacionan:
No. cargos
Dependencia y denominación cargos
Código
Grado
Oficina Jurídica
1
Profesional especializado
3010
14
2
Profesional especializado
3010
13
2
Profesional especializado
3010
12
División Administrativa
Sección de personal
1
Profesional especializado
3010
13
Sección de servicios generales
2
Coordinador
5005
21
Dirección General
De Planeación Sectorial
1
Diseñador
4045
11
Oficina de regulación
2
Profesional especializado
3010
14
1
Profesional especializado
3010
12
1
Técnico Administrativo
4065
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
División de Planeación
de Frecuencias y redes
1
Técnico Administrativo
4065
11
División de programas
1
Técnico Administrativo
4065
11
Dirección General
de telecomunicaciones y
Servicios Postales
1
Diseñador
4045
11
División de Redes
1
Técnico Administrativo
4065
11
División de Servicios
Sección de Evaluación y Vigilancia
de Servicios Bogotá
17
Técnico Operativo
4080
09
2
Inspector
3025
02
1
Técnico en Presupuesto
4035
12
2
Técnico Administrativo
4065
11
Sección de Evaluación y Vigilancia
de Servicios Barranquilla
10
Técnico Operativo
4080
09
1
Inspector
3025
02
1
Técnico en Presupuesto
4035
12
1
Técnico Administrativo
4065
11
Sección de Evaluación y Vigilancia
de Servicios Cúcuta
10
Técnico Operativo
4080
09
1
Inspector
3025
02
1
Técnico en Presupuesto
4035
12
1
Técnico Administrativo
4065
11
Sección de Evaluación y Vigilancia
Servicios Cali
10
Técnico Operativo
4080
09
1
Inspector
3025
02
1
Técnico en presupuesto
4035
12
Sección de Evaluación y Vigilancia
Servicios Medellín
10
Técnico operativo
4080
09
1
Inspector
3025
02
1
Técnico en Presupuesto
4035
12
Sección de Evaluación y Vigilancia
Servicios Bucaramanga
9
Técnico operativo
4080
09
1
Inspector
3025
02
1
Técnico en Presupuesto
4035
12
1
Técnico Administrativo
4065
11
División de Gestión de Frecuencias
2
Coordinador
5005
21
2
Técnico Operativo
4080
11
Sección de Administración y Comprobación
Técnica del Espectro Radioeléctrico El Cerrito
2
Coordinador
5005
21
7
técnico Operativo
4080
11
6
Técnico Operativo
4080
10
1
Técnico operativo
4080
09
Sección de Administración y Comprobación
Técnica del Espectro Radioeléctrico El Mirador
1
Coordinador
5005
21
1
técnico Operativo
4080
11
4
Técnico Operativo
4080
10
Sección de Administración y Comprobación
Técnica del Espectro Radioeléctrico El Caribe
1
Coordinador
5005
21
3
Técnico Operativo
4080
11
5
Técnico operativo
4080
10
1
Auxiliar de servicios Generales
6035
08
4
Celador
6020
07
Sección de Administración y Comprobación
Técnica del Espectro Radioeléctrico La Sultana
1
Coordinador
5005
21
4
Técnico Operativo
4080
11
4
Técnico Operativo
4080
10
Sección de Administración y Comprobación
Técnica del Espectro Radioeléctrico Llanogrande
1
Coordinador
5005
21
1
Técnico operativo
4080
11
4
Técnico Operativo
4080
10
Sección de Administración y Comprobación
Técnica del Espectro Radioeléctrico Los Comuneros
1
Coordinador
5005
21
2
Técnico operativo
4080
10
Dirección General de Comunicación Social
1
Profesional Especializado
3010
14
División de Desarrollo Social
2
Profesional especializado
3010
13
División de medios de Comunicación
1
Profesional Especializado
3010
13
1
Coordinador
5005
21
Artículo 2° Establécese la Planta de Personal del Ministerio de Comunicaciones, así:
No. cargos
Dependencia y denominación del cargos
Código
Grado
Despacho del Ministro
1
Ministro
0005
1
Asesor
1020
07
1
Secretario privado
3035
17
4
Secretario ejecutivo de despacho de Ministro
5230
22
1
Asistente Administrativo
4140
15
1
Técnico Administrativo
4065
12
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
Comisión de Regulación de Telecomunicaciones
3
Experto de Comisión Reguladora
0090
3
Asesor
1020
14
2
Asistente Administrativo
4140
16
2
Secretario Ejecutivo
5240
20
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
Despacho del Viceministro
1
Viceministro
0020
1
Asesor
1020
06
1
Asistente Administrativo
4140
15
2
Secretario Ejecutivo de Despacho de Ministro
5240
20
2
Auxiliar Administrativo
5120
11
PLANTA GLOBALIZADA
No. cargos
Dependencia y denominación del Cargo
Código
Grado
1
Secretario General de Ministerio
0035
20
2
Director Técnico de Ministerio
0100
16
1
Director Administrativo de Ministerio
0100
16
1
Asesor
1020
07
4
Asesor
1020
06
3
Asesor
1020
05
3
Asesor
1020
03
2
Asesor
1020
02
1
Asesor
1020
01
4
Jefe de Oficina
2045
24
12
Jefe de División
2040
20
19
Jefe de Sección
2075
14
8
Profesional Especializado
3010
18
14
Profesional Especializado
3010
17
9
Profesional Especializado
3010
15
5
Profesional Especializado
3010
14
36
Profesional Especializado
3010
13
37
Profesional Especializado
3010
12
59
Profesional Universitario
3020
09
3
Analista de Sistemas
4005
16
14
Técnico Operativo
4080
12
16
Técnico de Telecomunicaciones
4030
14
3
Operador de Equipo de Sistemas
4100
10
7
Asistente Administrativo
4140
15
4
Técnico Administrativo
4065
12
5
Técnico en Presupuesto
4035
13
3
Archivista
4135
12
14
Técnico Administrativo
4065
11
1
Técnico Administrativo
4065
09
4
Técnico Operativo
4080
09
1
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario Bilingüe
5235
23
2
Secretario Ejecutivo
5040
20
6
Jefe de Almacén
5060
19
25
Secretario Ejecutivo
5040
17
34
Secretario Ejecutivo
5040
15
6
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Cajero
5095
12
38
Auxiliar Administrativo
5120
11
3
Operario calificado
6000
09
44
Conductor Mecánico
6010
09
41
Auxiliar Servicios Generales
6035
08
20
Celador
6020
07
Artículo 3° Los funcionarios que a la fecha de publicación de este Decreto se hallen nombrados en cualquiera de los cargos relacionados en el artículo primero, tendrán derecho al pago de las indemnizaciones o de las bonificaciones de que tratan los artículos 14, 15 y 16 del Decreto 2122 del 29 de diciembre de 1992, siempre y cuando se cumpla con los presupuestos legales establecidos para el efecto.
Artículo 4° El Ministro de Comunicaciones, mediante resolución distribuirá los empleos a que se refiere el presente Decreto, de acuerdo con la estructura interna, los planes y programas del Organismo, las necesidades del servicio y la naturaleza y responsabilidades del cargo.
Artículo 5° Las incorporaciones en los cargos de la nueva Planta de Personal deberán realizarse dentro de los diez (10) días siguientes contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.
Artículo 6° Los funcionarios que sean incorporados en la nueva Planta de Personal creada en el artículo segundo del presente Decreto, continuarán devengando el salario que les correspondía en la anterior Planta, de Personal hasta la fecha de la posesión.
Artículo 7° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 2212 de 1991.
Publíquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de junio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Viceministro de Comunicaciones encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Comunicaciones,
JAIME URIBE ECHEVERRY.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.