DECRETO 1246 DE 1993
(junio 30)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 010 DEL 21 DE MAYO DE 1993 EXPEDIDO POR LA JUNTA LIQUIDADORA DE LA ZONA FRANCA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DE BARRANQUILLA EN LIQUIDACION.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1° Aprobar el Acuerdo número 010 del 21 de mayo de 1993, por medio del cual se suprimen varios cargos de la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla en Liquidación, dentro del proceso de liquidación de la misma, cuyo texto es el siguiente:
<<ACUERDO NÚMERO 010 DE 1993
(mayo 21)
por el cual se suprimen unos cargos de la Planta de Personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla.
La Junta Liquidadora de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y
CONSIDERANDO:
Primero. Que mediante el Decreto número 2111 del 29 de diciembre de 1992 se suprimen los establecimientos públicos operadores de las Zonas Francas Industriales y Comerciales de Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, Palmaseca, Buenaventura, Cúcuta, Rionegro y Urabá (el resaltado es nuestro);
Segundo. Que el artículo 5° del Decreto 2111 de 1992 establece la reducción gradual de la Planta de Personal que labora en los establecimientos públicos en liquidación según las necesidades hasta la conclusión del proceso a más tardar en la fecha señalada en el artículo 1° del mismo Decreto, y
Tercero. Que la Administración de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, una vez hechos todos los análisis en las diferentes áreas consideró posible el suprimir varios cargos de la Planta de Personal, y conforme a lo anterior,
ACUERDA:
Artículo 1° Suprimir los siguientes cargos actualmente previstos en la planta de personal de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, así;
NIVEL
CODIGO
GRADO
NOMBRE DEL CARGO
No. CARGOS
00
Directivo
0040
02
Subgerente Técnico
1
02
Ejecutivo
2045
06
Jefe Oficina
2
02
Ejecutivo
2075
05
Jefe de Sección
1
04
Técnico
4095
06
Dibujante
1
05
Administrativo
5005
15
Coordinador
1
05
Administrativo
5095
10
Cajero
1
05
Administrativo
5095
12
Cajero
1
05
Administrativo
5100
08
Visitador
1
05
Administrativo
5100
10
Visitador
7
05
Administrativo
5105
07
Supervisor
3
05
Administrativo
5105
12
Supervisor
3
05
Administrativo
5120
05
Auxiliar Administrativo
1
05
Administrativo
5120
07
Auxiliar Administrativo
3
05
Administrativo
5140
06
Secretaria
1
05
Administrativo
5140
08
Secretaria
3
05
Administrativo
5155
01
Ayudante de Oficina
2
05
Administrativo
5155
03
Ayudante de oficina
1
05
Administrativo
5155
05
Ayudante de Oficina
2
05
Administrativo
5155
07
Ayudante de oficina
1
05
Administrativo
5105
Supervisor
1
06
Operativo
6035
01
Auxiliar Servicios Grales
2
06
Operativo
6035
03
Auxiliar Servicios Grales
1
06
Operativo
6010
Chofer Mecanico
3
06
Operativo
6000
Operario calificado
4
06
Operativo
6020
Celador
61
06
Operativo
6035
Auxiliar Servicios Grales
33
141
Total de cargos a suprimir: ciento cuarenta y uno (141).
Artículo 2° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de aprobación por parte del Gobierno Nacional.
Aprobado por la Junta Liquidadora de la Zona Franca Industrial y Comercial de Barranquilla, en la ciudad de Cartagena a los 21 días del mes de mayo de 1993.
El Presidente,
(Fdo.) MAURICIO SANZ DE SANTAMARIA.
El Secretario,
(Fdo.) FERNANDO LLINAS TOLEDO>>.
ARTICULO 2° El presente Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 30 de junio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Comercio Exterior,
JUAN MANUEL SANTOS C.