DECRETO 121 DE 1992
(enero 22)
POR EL CUAL SE DECLARAN SIN VIGENCIA UNOS TRATADOS INTERNACIONALES.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le otorga el artículo 189, ordinal 2° de la Constitución Nacional y en cumplimiento de la Ley 7ª de 1944, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 7ª del 30 de noviembre de 1944 en su artículo 4° ordena que cuando un tratado, convenio o convención dejen de regir para Colombia por virtud de denuncia, caducidad o cualquier otra causa el Gobierno dictará un decreto en que se declare esta circunstancia;
Que el Convenio de Cooperación Económica, Industrial y Científica-Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana, firmado en Berlín el 17 de diciembre de 1975 entró en vigor el 18 de febrero de 1981;
Que el Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana sobre la Cooperación Cultural y Científica, firmado en Berlín el 3 de junio de 1976, entró en vigor el 22 de agosto de 1979;
Que el Convenio entre el Gobierno de la República Democrática Alemana y el Gobierno de la República de Colombia sobre Reconocimiento Recíproco de Estudios, Títulos y Grados Académicos, firmado en Berlín el 6 de diciembre de 1984, entró en vigor el 6 de noviembre de 1986;
Que el Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana, suscrito en Bogotá el 8 de julio de 1982, entró en vigor el 18 de julio de 1988;
Que de conformidad con el Acta de Consultas entre las Delegaciones de los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Colombia y de la República Federal de Alemania, sobre el procedimiento a seguir respecto a los Tratados celebrados entre la República de Colombia y la República Democrática Alemana, suscrita en Santafé de Bogotá el 15 de noviembre de 1991, los mencionados tratados expiraron el 3 de octubre de 1990, fecha del establecimiento de la Unidad Alemana,
DECRETA:
Artículo 1° Decláranse sin vigencia desde el 3 de octubre de 1990, los siguientes instrumentos internacionales:
1. Convenio de Cooperación Económica, Industrial y Científica-Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana, firmado en Berlín el 17 de diciembre de 1975.
2. Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana sobre la Cooperación Cultural y Científica, firmado en Berlín el 3 de junio de 1976.
3. Convenio entre el Gobierno de la República Democrática Alemana
y el Gobierno de la República de Colombia sobre Reconocimiento Recíproco de Estudios, Títulos y Grados Académicos, firmado en Berlín el 6 de diciembre de 1984.
4. Convenio Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana, suscrito en Bogotá el 8 de julio de 1992.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D., a 22 de enero de 1992.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
NOEMI SANIN DE RUBIO.
«CESAR GAVIRIA TRUJILLO
Presidente de la República, a todos los que las presentes vieren,
¡ SALUD !
Por cuanto se ha de proceder a la firma del “Acta de consultas entre las delegaciones de los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Colombia y de la República Federal de Alemania, sobre el procedimiento a seguir respecto a los Tratados celebrados entre la República de Colombia y la República Democrática Alemana, después de haberse establecido la unidad alemana”, he determinado conferir, como por las presentes confiero, plenos poderes a la doctora Clara Inés Vargas de Losada, Subsecretaria de Relaciones Exteriores de la Subsecretaría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que en nombre del Gobierno Nacional proceda a la firma de dicho Instrumento Internacional.
Dadas y firmadas de mi mano, selladas con el sello de la República y refrendadas por la Ministra del Despacho de Relaciones Exteriores en la ciudad de Santafé de Bogotá, a los veinticinco (25) días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y uno (1991).
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
NOEMI SANIN DE RUBIO.
ACTA
El día 15 de noviembre de 1991 se celebraron en la ciudad de Santafé de Bogotá las consultas entre las Delegaciones de los Ministerios de Relaciones Exteriores de la República de Colombia y de la República Federal de Alemania sobre el procedimiento a seguir respecto a los Tratados celebrados entre la República de Colombia y la República Democrática Alemana después de haberse establecido la unidad de Alemania. Las listas de las Delegaciones se adjuntan a la presente Acta.
Las Delegaciones sostuvieron un intercambio de opiniones sobre los aspectos fundamentales del problema y las posibilidades de una solución práctica. Ambas partes coincidieron en que podrá ser encontrada una solución acorde al Derecho Internacional.
Las consultas se basaron en las listas de los Tratados celebrados entre la República de Colombia y la República Democrática Alemana, elaboradas mediante el material de archivo existente. Es posible que estas listas no estén completas. En caso de que se requiera complementarlas, esto se hará por vía diplomática.
La Parte Alemana destacó la importancia del artículo 12 del Tratado del 31 de agosto de 1990, celebrado entre la República Federal de Alemania y la República Democrática Alemana sobre el establecimiento de la unidad de Alemania (Tratado de Unificación), el cual fue notificado a la República de Colombia.
Los diferentes Tratados entre la República de Colombia y la República Democrática Alemana fueron discutidos. Hubo acuerdo en que en virtud del Derecho Internacional consuetudinario, los Tratados enumerados en el anexo adjunto expiraron con el establecimiento de la unidad de Alemania, el 3 de octubre de 1990.
La Parte Alemana destacó la importancia del artículo 12 del Tratado del 31 de agosto de 1990, celebrado entre la República Federal de Alemania y la República Democrática Alemana sobre el establecimiento de la unidad de Alemania (Tratado de Unificación), el cual fue notificado a la República de Colombia.
Los diferentes Tratados entre la República de Colombia y la República Democrática Alemana fueron discutidos. Hubo acuerdo en que en virtud del Derecho Internacional consuetudinario, los Tratados enumerados en el anexo adjunto expiraron con el establecimiento de la unidad de Alemania, el 3 de octubre de 1990.
La Parte colombiana informó sobre la existencia de una línea de crédito, firmada en 1978, por un valor de US$ 110 millones, de los cuales se utilizaron US$ 55 millones para la compra de maquinaria, equipo educativo y de transporte. A este respecto, la Delegación Colombiana planteó la posibilidad de negociar esta deuda mediante la recompra con descuento de la misma, bajo la condición de obtener una garantía de la Parte Alemana para el suministro de repuestos y servicio para la maquinaria y equipo comprado mediante la utilización de esta línea de crédito. Hubo consenso en que este asunto deberá ser examinado por expertos de ambas Partes.
Con referencia al Convenio Comercial del 8 de julio de 1982 que se considera como expirado, ambas Partes coincidieron en que debería establecerse un estado de cuentas de los compromisos mutuos a fecha del 3 de octubre de 1990.
Respecto al Convenio sobre el Reconocimiento Recíproco de Estudios, Diplomas, Títulos y Grados académicos del 6 de diciembre de 1982, la Parte colombiana manifestó su interés en iniciar las negociaciones de un Acuerdo similar con la República Federal de Alemania.
La Parte Alemana manifestó que esta propuesta podría ser tratada en la próxima Comisión Mixta de Cooperación Cultural que se reunirá próximamente.
La Parte colombiana comunicó que el Convenio Consular del 3 de noviembre de 1982 no entró en vigor por no haber sido ratificado.
La Parte Alemana manifestó que en tiempo oportuno serán publicados oficialmente los Tratados expirados en virtud del Derecho Internacional consuetudinario.
La Parte colombiana manifestó que se reserva el derecho de proceder de igual manera.
Hubo acuerdo en que de esta manera quedan concluidas las consultas, según el artículo 12 del tratado del 31 de agosto de 1990 y que las Delegaciones han dado cumplimiento a su misión de consulta.
Dado en la ciudad de Santafé de Bogotá, el 15 de noviembre de 1991.
Por la Parte colombiana,
CLARA INES VARGAS DE LOSADA.
Por la Parte alemana,
FRIEDRICH KRONECK.
DELEGACION COLOMBIANA
KOLUMBIANISCHE DELEGATION
Doctora Clara Inés Vargas de Losada.
Subsecretaria Jurídica, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Doctor Jairo Montes Morteno.
Comercio Exterior, Viceministerio de Asuntos Económicos Internacionales.
Doctora Margareth Ordóñez Villamarín.
Cooperación Internacional, Viceministerio de Asuntos Económicos
Internacionales.
Doctora Astrid Valladares Martínez.
Subsecretaria Jurídica-Tratados-, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Señor César Alzate Vargas.
Funcionario-Subdirección Asuntos Culturales y Divulgación, Ministerio de Relaciones Exteriores.
Doctora Elizabeth Martínez.
Subdirectora de Crédito, Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
DEUSCHE DELEGATION
DELEGACION ALEMANA
Botschafter Dr. Friedrich Kroneck.
Legationsrat Mario-Ingo Soos, Deutsche Botschaft.
Luigard de Ramírez, dolmetscherin, Deutsche Botschaft.
ANEXO
1. a) Comunicado del 23 de marzo de 1973, sobre el establecimiento de relaciones diplomáticas entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la RDA;
b) Acta del 23 de marzo de 1973, sobre el establecimiento de relaciones diplomáticas;
c) Canje de Notas del 28 de septiembre de 1977 y 5 de octubre de 1977, sobre el limite de personal en la embajada de la RDA en Bogotá.
2. Convenio de Cooperación Económica, Industrial y Cientifica-Técnica entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana, del 17 de diciembre de 1975.
3. Convenio entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana, sobre la Cooperación Cultural y Científica, del 3 de junio de 1976.
4. Convenio Comercial entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana,del 8 de julio de 1982.
-Canje de Notas sobre el cambio del servicio de pagos entre la República de Colombia y la RDA.
5. Convenio entre el Gobierno de Colombia y el Gobierno de la República Democrática Alemana sobre el Reconocimiento Reciproco de Estudios, Diplomas, Títulos y Grados Académicos, del 6 de diciembre de 1982.