DECRETO 1200 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 1200 DE  1994    

(junio 15)    

por el cual se delega la facultad de celebrar a  nombre de la Nación los contratos a que se refiere el artículo 6º del Decreto 679 de 1994.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de  sus facultades constitucionales y legales, en especial de las conferidas por  los artículos 211 de la Constitución Política y  12 de la Ley 80 de 1993, en  desarrollo del Decreto 1685 de 1991,  y    

CONSIDERANDO:    

Que conforme al artículo 6º del Decreto 679 de 1994,  los contratos que tengan por objeto la investigación histórica, la recuperación  y/o conservación de antigüedades y valores náufragos a que se refiere la Ley 26 de 1986, se  celebrarán a nombre de la Nación;    

Que teniendo en cuenta el objeto de los contratos  mencionados anteriormente, se considera necesario coordinar las funciones de la  administración, disponiendo la actuación conjunta de los Ministerios de  Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional, Educación Nacional y del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.    

DECRETA:    

Artículo 1º Delégase en los Ministros de Hacienda y  Crédito Público, Defensa Nacional, Educación Nacional y en el Director del  Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, la facultad de  celebrar a nombre de la Nación los contratos que tengan por objeto la  investigación histórica, la recuperación y/o conservación de antigüedades y  valores náufragos, sin limitación de cuantía. En consecuencia, tales contratos  deberán ser suscritos conjuntamente por los mencionados funcionarios.    

Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha  de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Cartagena de Indias, a 15 de junio de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

Director del Departamento Administrativo de la  Presidencia de la República,    

Miguel Silva Pinzón.              

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *