DECRETO 1200 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO  1200 DE 1993    

(junio 25)    

POR EL CUAL SE APRUEBA LA REFORMA DE  ESTATUTOS DEL FONDO PARA EL FINANCIAMIENTO DEL SECTOR AGROPECUARIO    

Nota:  Modificado parcialmente por el Decreto 892 de 1995    

El Presidente de la República de  Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de  las que le confiere el artículo 12 de la Ley 16 de 1990 y el  artículo 32, numeral 1° del Decreto 26 de 1991,    

DECRETA:    

Artículo 1° Apruébase la reforma de  los estatutos del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario,  Finagro, adoptada por la Asamblea General de accionistas de dicha entidad,  celebrada en la ciudad de Santafé de Bogotá, D. C., el 17 de mayo de 1993, cuyo  texto es el siguiente:    

1. Se suprime el parágrafo del  artículo 3°, artículo que quedará así:    

Artículo 3° NATURALEZA JURIDICA. El Fondo  para el Financiamiento del Sector Agropecuario es una sociedad de economía  mixta del orden nacional, del tipo de las sociedades anónimas, organizado como  establecimiento de crédito, vinculado al Ministerio de Agricultura con  personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa.    

2. El Artículo 42 quedará así:    

Artículo 42. DEL PRESIDENTE. El  Presidente de Finagro será designado de conformidad con lo previsto en la Ley.  Es el representante legal de la sociedad, teniendo a su cargo la dirección y  administración de los negocios sociales.    

Parágrafo. El Presidente tendrá tres  (3) suplentes que ejercerán la representación legal de Finagro en sus faltas  accidentales, temporales o absolutas con el siguiente orden: primer suplente,  El Vicepresidente de Crédito, segundo suplente, el Vicepresidente Financiero,  tercer suplente, El Secretario General.    

3. El artículo 73 quedará así:    

Artículo 73. REGIMEN DE PERSONAL.  Todos los trabajadores de Finagro son trabajadores particulares y sus  relaciones laborales se regirán por las disposiciones del Derecho Laboral  Privado.    

Artículo 2° El presente Decreto rige a  partir de la fecha de su publicación y modifica en la parte pertinente, el Decreto  número 26 del 8 de enero de 1991, por el cual se aprobaron los estatutos  del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro.    

Publíquese y cúmplase    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 25  de Junio de 1993.    

El Viceministro de Hacienda y Crédito  Público encargado de las funciones del Despacho del señor Ministro,    

HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO.    

El Viceministro de Agricultura  encargado de las funciones del Despacho del señor Ministro,    

SANTIAGO PERRY RUBIO.              

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