DECRETO 1137 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 1137 DE  1994    

(junio 2)    

por el cual se crea una prima especial de riesgo con  carácter permanente para algunos empleados del Departamento Administrativo de  Seguridad.    

Nota: Derogado por el Decreto 2646 de 1994,  artículo 5º.    

El Presidente de la República de  Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º Los empleados del  Departamento Administrativo de Seguridad que desempeñen los cargos de Detective  Especializado, Detective Profesional, Detective Agente, Criminalístico  Especializado, Criminalístico Profesional y Criminalístico Técnico que no estén  asignados a tareas administrativas y los Conductores, tendrán derecho a  percibir mensualmente una prima especial de riesgo equivalente al 30% de su  asignación básica mensual.    

Esta prima no constituye factor  salarial y no podrá percibirse simultáneamente con las primas de que tratan los  artículos 2º, 3º, y 4º del Decreto 1933 de 1989  y el Decreto, 132 de 1994.    

Artículo 2º El presente decreto  rige a partir de la fecha de su Publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D.C.,  a 2 de junio de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Viceministro de Hacienda y  Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda  y Crédito Público,    

Héctor José Cadena Clavijo.    

El Director del Departamento  Administrativo de Seguridad,    

Fernando Brito Ruíz    

El Director del Departamento  Administrativo de la Función Pública,    

Eduardo González Montoya.              

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