DECRETO 1130 DE 1993
(junio 16)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 002 DEL 25 DE MAYO DE 1993 DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO, INPEC.
Nota 1: Derogado por el Decreto 301 de 1997, artículo 3º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1589 de 1995.
Nota 3: Aclarado por el Decreto 2662 de 1993.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 74 del Decreto 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º Apruébase el acuerdo número 002 del 25 de mayo de 1993, expedido por el Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario, Inpec, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 002 DE 1993
(mayo 25)
por el cual se determina la Planta de Personal del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec.
El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, en uso de sus facultades legales y estatutarias. en especial las que le confiere el Decreto 2160 de 1992,
ACUERDA:
Artículo 1° Ver Aclaración del Decreto 2662 de 1993, artículo 2º. Las funciones propias del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
NÚMERO DE CARGOS
DEPENDENCIA DENOMINACION DEL EMPLEO
CODIGO
GRADO
DESPACHO DEL DIRECTOR
1
Director General de Establecimiento Público
0015
17
1
Asesor
1020
04
1
Operador de Equipo de Sistemas
4100
08
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
2
Conductor Mecánico
6010
09
PLANTA DE PERSONAL GLOBAL
1
Secretario General
0037
11
3
Subdirector General de Establecimiento Público
040
10
1
Asesor
1020
08
1
Asesor
1020
03
6
Director Regional
2035
19
7
Jefe de División
2040
16
1
Comandante Superior de Prisiones
2041
09
3
Jefe de Oficina
2045
21
6
Profesional Especializado
3010
16
16
Profesional Especializado
3010
14
20
Profesional Especializado
3010
12
63
Profesional Especializado
3010
10
2
Profesional Especializado
3010
09
60
Profesional Universitario
3020
08
17
Profesional Universitario
3020
06
11
Profesional Universitario(1/2 Tiempo)
3020
06
31
Profesional Universitario
3020
05
239
Profesional Universitario(1/2 Tiempo)
3020
04
12
Profesional Universitario
3020
03
35
Capellán (1/2 Tiempo)
3060
04
2
Médico u Odontólogo(1/2 Tiempo)
3085
14
10
Analista de Sistemas
4005
13
9
Técnico en Presupuesto
4035
13
2
Programador de Sistemas
4060
12
18
Técnico Administrativo
4065
11
6
Técnico Administrativo
4065
09
51
Técnico Administrativo
4065
07
113
Instructor
4085
10
80
Instructor
4085
08
1
Dibujante
4095
08
52
Operador de Equipo de Sistemas
4100
08
26
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Dactiloscopista
4125
07
41
Dactiloscopista
4125
06
5
Mayor de Prisiones
5000
12
2
Coordinador
5005
21
4
Secretario Ejecutivo
5040
15
9
Secretario Ejecutivo
5040
13
7
Secretario Ejecutivo
5040
11
34
Pagador
5045
13
21
Director de Establecimiento Carcelario
5070
18
26
Director de Establecimiento Carcelario
5070
15
40
Director de Establecimiento Carcelario
5070
13
88
Director de Establecimiento Carcelario
5070
11
4
Almacenista
5080
13
28
Capitán de Prisiones
5110
11
33
Subidrector de Establecimiento Carcelario
115
11
16
Subdirector de Establecimiento Carcelario
5115
09
76
Auxiliar Administrativo
5120
11
22
Secretario
5140
10
2
Secretario
5140
08
8
Secretario
5140
06
48
Teniente de Prisiones
5145
09
12
Ecónomo
5150
07
76
Ayudante de Oficina
5155
07
120
Ayudante de Oficina
5155
05
105
Sargento de Prisiones
5165
06
459
Cabo de Prisiones
5170
05
334
Guardián de Prisiones
5175
04
4398
Guardián de Prisiones
5175
02
14
Operario Calificado
6000
09
26
Conductor Mecánico
6010
09
20
Operario
6030
05
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
08
22
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
140
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
5
Enfermero Auxiliar
6045
09
93
Enfermero Auxiliar
6045
08
PLANTA DE PERSONAL GLOBAL
DIRECCION DE IMPRENTA NACIONAL
1
Director de Unidad de Establecimiento Público
2025
22
3
Profesional Especializado
3010
10
1
Técnico en Presupuesto
4035
10
1
Técnico Administrativo
4065
09
5
Técnico Administrativo
4065
07
6
Técnico Operativo
4080
10
1
Técnico Administrativo
4065
09
5
Técnico Administrativo
4065
07
6
Técnico Operativo
4080
10
8
Técnico Operativo
4080
09
16
Técnico Operativo
4080
07
3
Dibujante
4095
06
12
Asistente Administrativo
4140
12
1
Coordinador
5005
21
3
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Almacenista
5080
11
1
Cajero
5095
12
10
Auxiliar Administrativo
5120
11
17
Auxiliar Administrativo
5120
09
20
Auxiliar Administrativo
5120
07
6
Auxiliar Administrativo
5120
05
2
Secretario
5140
10
6
Secretario
5140
08
2
Secretario
5140
06
4
Ayudante de Oficina
5155
07
31
Operario Calificado
6000
09
48
Operario Calificado
6000
08
41
Operario Calificado
6000
07
25
Operario Calificado
6000
05
1
Conductor Mecánico
6010
09
2
Conductor Mecánico
6010
08
1
Conductor Mecánico
6010
06
5
Celador
6020
06
2
Ayudante
6025
05
1
Operario
6030
03
8
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
Artículo 2° El Director General, mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta global de que trata el presente Acuerdo, y ubicará al personal en las diferentes dependencias del Instituto, los establecimientos de Reclusión y la Dirección de Imprenta Nacional del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Inpec, de acuerdo con la estructura interna, los planes, los programas y las necesidades del servicio.
Artículo 3° El personal que requiera el Comando Superior de Seguridad y Vigilancia para desarrollar las funciones de coordinación a él asignadas, será seleccionado entre el personal del Cuerpo de Custodia y Vigilancia. El número de cargos será el estrictamente necesario de acuerdo con los planes y programas que para tal efecto establezca la Dirección General.
Artículo 4º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y delega el Acuerdo número 007 de 1987 del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los veinticinco días del mes de mayo de 1993.
El Presidente,
(Fdo.) ANDRÉS GONZALEZ DIAZ.
El Secretario Ad hoc,
(Fdo.) FERNANDO MARQUEZ DÍAZ».
ARTÍCULO 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto número 786 de 1987 del Fondo Rotatorio del Ministerio de Justicia, el Decreto número 883 de 1991 en la parte correspondiente a la Dirección General de Prisiones y los Decretos números 1667 y 1764 de 1992 y las demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D C., a 16 de Junio de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Justicia y del Derecho,
ANDRÉS GONZÁLEZ DÍAZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ
El Subdirector General del Departamento Administrativo de la Función Pública, encargado de las funciones del Despacho del Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
JORGE ELIÉCER SABAS BEDOYA.