DECRETO 113 DE 1993

Decretos 1993

DECRETO  113 DE 1993    

( enero 18)    

POR EL CUAL SE DICTAN UNAS DISPOSICIONES EN MATERIA SALARIAL Y  PRESTACIONAL PARA LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL MINISTERIO PUBLICO.    

Nota: Derogado  parcialmente por el Decreto 1296 de 1998.    

 El Presidente de la República  de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a. de 1992,    

DECRETA:    

Artículo 1º Los funcionarios del Ministerio Público que no opten por  el régimen establecido en el Decreto  54 del 7 de enero de 1993, tendrán derecho a un incremento del 2.5% sobre  la asignación básica mensual, que tenían a 31 de diciembre de 1992, sin  perjuicio de los incrementos decretados por el Gobierno Nacional para el año de  1993. Este incremento surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1993.    

Artículo 2º El Procurador General de la Nación podrá asignar la Prima  Técnica a que se refiere el artículo 10 del Decreto 051 de 1993  en los términos y condiciones allí señalados, independientemente del sistema de  remuneración por el cual opten los funcionarios o empleados.    

Artículo 3º Derogado por el Decreto 1296 de 1998,  artículo 4º. El  Defensor del Pueblo podrá asignar primas técnicas sin carácter salarial, hasta  por un cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica, a los Subdirectores  grado 21 con el lleno de los requisitos que establezca mediante reglamentación  interna, previa disponibilidad presupuestal, en los términos del Decreto 2573 de 1991.    

Artículo 4º Los funcionarios y empleados de la Defensoría del Pueblo,  tendrán el mismo régimen salarial y prestacional de la Procuraduría General de  la Nación y estarán amparados contra los riesgos por muerte violenta en el  desempeño de sus funciones.    

Artículo 5º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su  publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 18 de enero de 1993    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Justicia,    

ANDRES GONZALEZ DIAZ.    

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

RUDOLF HOMMES.    

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,    

CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.    

               

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