DECRETO 1101 DE 1994

Decretos 1994

DECRETO 1101 DE  1994    

(mayo 30)    

Por el cual se conforma el Consejo Nacional de  Seguridad Social en Salud de conformidad con el artículo 171 de la Ley 100 de 1993, en  armonía con el Decreto 851 de 1994.    

El Presidente de la República de Colombia, en uso de  las facultades previstas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

DECRETA:    

Artículo 1o. El Consejo Nacional de Seguridad Social  en Salud estará conformado así:    

a) El Ministro de Salud.    

b) El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,o su  delegado.    

c) El Ministro de Hacienda y Crédito Público, o su  delegado.    

d) Por la direcciones departamentales y locales de  salud a los Doctores Donaldo Libreros Rada, identificado con cédula de  ciudadanía número 2661970 de Tuluá y Eduardo Díaz Uribe identificado con cédula  de ciudadanía 3019182 de Fontibón.    

e) Por los empleadores a los Doctores Enrique  Alvarez Posada, identificado con cédula de ciudadanía número 79150571 de  Usaquén y Luis Felipe Jaramillo Lema, identificado con cédula de ciudadanía  número 79381066 de Bogotá.    

f) Por los trabajadores a los señores José Roberto  Chamucero Castro identificado con cédula de ciudadanía número 17132426 de  Bogotá y Rafael Gómez Quiroga, identificado con cédula de ciudadanía número  21907659 de Bogotá.    

g) El representante legal del Instituto de los  Seguros Sociales.    

h) El representante de las Instituciones Prestadoras  de Salud, doctor Roberto Esguerra Gutiérrez, identificado con cédula de  ciudadanía número 17108125 de Bogotá.    

i) El representante de los profesionales del área de  la salud, doctor Herman Redondo Gómez, identificado con cédula de ciudadanía  número 13812260 de Bucaramanga.    

j) El representante de las asociaciones de usuarios  de servicios de salud del sector rural, doctor David Bersh Escobar,  identificado con cédula de ciudadanía número 1211784 de Manizales.    

Artículo 2o. El presente decreto rige a partir de la  fecha de su publicación.    

Públíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de Bogotá,D.C., a los 30 días del  mes de mayo de 1994.    

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

El Ministro de Salud,    

Juan Luis Londoño de la Cuesta.    

               

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