DECRETO 1065 DE 1994
(mayo 27)
por el cual se modifica la planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia fiscal de 1994.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 3º. del Decreto número 1211 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1º. La planta de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares para la vigencia de 1994, queda constituida de la siguiente manera:
I. OFICIALES
1. EJERCITO
ESCALAFON REGULAR
ESCALAFON COMPLEMENTARIO
General
3
Mayor General
11
Brigadier General
24
Coronel
147
10
Teniente Coronel
267
10
Mayor
651
10
Capitán
998
Teniente
1.350
Subteniente
1.480
Total
4.931
30
2. ARMADA
Almirante
1
Vicealmirante
6
Contralmirante
9
Capitán de Navío
59
2
Capitán de Fragata
119
2
Capitán de Corbeta
272
2
Teniente de Navío
269
Teniente de Fragata
321
Teniente de Corbeta
298
Total
1.354
6
3. FUERZA AEREA
General
1
Mayor General
5
Brigadier General
12
Coronel
47
2
Teniente Coronel
74
1
Mayor
196
2
Capitán
216
Teniente
293
Subteniente
258
Total
1.102
5
II. SUBOFICIALES
1. EJERCITO
Sargento Mayor
240
Sargento Primero
1.050
Sargento Viceprimero
1.702
Sargento Segundo
3.680
Cabo Primero
3.750
Cabo Segundo
5.500
Total
15.922
2. ARMADA
Suboficial Jefe Técnico (SMIM)
181
Suboficial Jefe (SPIM)
416
Suboficial Primero (SVIM)
728
Suboficial Segundo (SSIM)
1.100
Suboficial Tercero (CPIM)
1.002
Marinero (CSIM)
1.481
Total
4.908
3. FUERZA AEREA
Suboficial Técnico Jefe (SM)
148
Suboficial Técnico Subjefe (SP)
275
Suboficial Técnico Primero (SV)
410
Suboficial Técnico Segundo (SS)
530
Suboficial Técnico Tercero (CP)
461
Suboficial Técnico Cuarto (CS)
496
Total
2.320
Artículo 2º. Con el propósito de hacer viable la ejecución de esta planta de personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, en las fechas previstas en el Decreto 1211 de 1990, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la Institución.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de mayo de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Ministro de Defensa Nacional,
Rafael Pardo Rueda.