DECRETO 1064 DE 1992

Decretos 1992

DECRETO 1064 DE 1992    

(junio 25)    

POR EL CUAL SE APRUEBAN UNAS TARIFAS PROFESIONALES  RELATIVAS AL METRO CUADRADO DE CONSTRUCCION.    

Nota: Derogado por el Decreto 2215 de 1993,  artículo 2º.    

El Presidente de la República de Colombia, en  ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 609 de 1976, artículos 13 y  15, Decreto 222 de 1983, artículo 39 y Decreto 991 de 1978, artículo 1°, y    

CONSIDERANDO:    

Que de conformidad con el artículo 39 del Decreto 222 de 1983, corresponde al  Gobierno Nacional aprobar las tarifas que para estudios de Ingeniería  establezcan las Asociaciones Profesionales que tengan el carácter de Cuerpo  Consultivo del Gobierno;    

Que la Sociedad Colombiana de Ingenieros es el Cuerpo  Consultivo del Gobierno en materia de Ingeniería, según lo dispuesto por la Ley 46 de 1904.    

Que en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos  13 y 15 del Decreto 609 de 1976, la Junta  Directiva de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, aprobó en su sesión del 6 de  abril de 1992, Acta número 1266, las modificaciones para actualizar las tarifas  referentes al metro cuadrado de construcción de estructuras de concreto  reforzado,    

DECRETA:    

Artículo 1° Para los fines contemplados en los  artículos 13 y 15 del Decreto 609 de 1976 se aprueba el  valor del metro cuadrado de construcción fijado por la Sociedad Colombiana de  Ingenieros así:       

Estructura Tipo A l Costos directos                    

$ 35.400.00   

Estructura Tipo A 2 Costos directos                    

$ 42.800.00   

Estructura Tipo A 3 Costos directos                    

$ 54.700.00   

Estructura Tipo B Costos directos                    

$ 54.700.00      

Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la  fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en  especial el Decreto 1972 de 1991.    

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santafé de Bogotá, D. C., a 25 de junio de 1992.    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

El  Ministro de Obras Públicas y Transporte,    

JUAN FELIPE GAVIRIA GUTIERREZ.              

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