DECRETO 950 DE 1990
(mayo 3)
por el cual se aprueba el acuerdo 075 del 20 de noviembre de 1989, del Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto extraordinario 1042de 1978,
DECRETA:
Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo 075 del 20 de noviembre de 1989, emanado del Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales, cuyo texto es el siguiente:
UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE LOS LLANOS ORIENTALES VILLAVICENCIO
ACUERDO NÚMERO 075 DE 1989
(noviembre 20)
por el cual se aprueba la Planta de Personal Administrativo de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales y se determina el número de trabajadores oficiales.
El Consejo Superior de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, especialmente las que le confieren los Decretos 80 de 1980 y 455 de 1981,
ACUERDA:
Artículo 1º. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
No de cargos
Dependencia y Denominación del cargo
Código
Grado
Rectoría
1
Rector de Universidad
0045
09
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Secretario
5140
06
1
Chofer Mecánico
6010
06
Oficina de Planeación
1
Jefe de Oficina
2045
09
1
Profesional Especializado
3010
08
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Dibujante
4095
06
1
Secretario
5140
08
2
Transcriptor de Datos
6005
07
Secretaría General
No de cargos
Dependencia y Denominación del cargo
Código
Grado
1
Secretario General de Universidad
0075
03
1
Secretario
5140
08
Vicerrectoría Académica
1
Vicerrector de Universidad
0060
04
1
Secretario
5140
08
Facultad de Ingeniería Agronómica
1
Decano de Universidad
0085
03
1
Profesional Universitario
3020
05
2
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario
5140
08
1
Mecanógrafo
5180
04
2
Operario Calificado
6000
07
1
Ayudante
6025
05
Facultad de Ciencias de la Educación
1
Decano de Universidad
0085
03
2
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario
5140
08
1
Mecanógrafo
5180
04
1
Operario Calificado
6000
07
1
Ayudante
6025
05
Facultad de Enfermería
1
Decano de Universidad
0085
03
2
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario
5140
08
Facultad de Medicina Veterinaria y
Zootecnia
1
Decano de Universidad
0085
03
1
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario
5140
08
1
Mecanógrafo
5180
04
1
Operario Calificado
6000
07
1
Ayudante
6025
05
Instituto de Investigaciones de la Orinoquia
Colombiana
1
Director de Instituto Universitario
0095
01
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Secretario
140
08
1
Mecanógrafo
5180
04
Departamento de Educación Abierta y a
Distancia
1
Jefe de Departamento de Institución Universitaria
0095
01
1
Secretario
5140
06
Sección de Biblioteca
1
Jefe de Sección
2075
02
1
Tecnólogo
4165
07
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Secretario
5140
06
No de cargos
Dependencia y Denominación del cargo
Código
Grado
1
Operario Calificado
6000
05
Sección de Ayudas Educativas
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Técnico Operativo
4080
09
1
Dibujante
4095
06
1
Secretario
5140
06
1
Operario Calificado
6000
08
Sección de Admisiones, Registro y Control
Académico
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
06
Sección de Granjas
1
Jefe de Sección
2075
02
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
Dirección Administrativa
1
Director Administrativo de Universidad
0060
03
1
Secretario
5140
08
1
Ayudante de Oficina
5155
05
Sección de Contabilidad y Presupuesto
1
Jefe de Sección
2075
02
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
06
Sección de Personal
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
1
Secretario
5140
08
Sección de Tesorería
1
Tesorero
5015
20
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
Sección de Bienestar Social
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Médico (dos horas mes)
3085
14
1
Odontólogo (dos horas mes)
3085
14
1
Técnico Operativo
4080
07
1
Secretario
5140
08
1
Operario Calificado
6000
05
Sección de Almacén
1
Jefe de Almacén
5060
13
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Ayudante de Oficina
5155
07
Sección de Servicios Generales
1
Coordinador
5005
17
1
Secretario
5140
06
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
07
7
Chofer Mecánico
6010
06
No de cargos
Dependencia y Denominación del cargo
Código
Grado
8
Celador
6020
04
Artículo 2º. En concordancia con el artículo 122 del Decreto 80 de 1980, fíjense en veintiuno (21) el número de trabajadores oficiales al servicio de la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales.
Artículo 3º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición, deroga los Acuerdos 012 de1985 y 078 de 1987 y para su validez, requiere aprobación por decreto del Gobierno Nacional.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Villavicencio, a 20 de noviembre de 1989.
El Presidente,
Edilma Bayona de Alvarez.
El Secretario General,
Marceliano Chávez Avila».
Artículo 2º. De conformidad con los Decretos 1024 de1987 y 503 de 1988, para la vinculación de nuevos funcionarios a la Planta de Personal de que trata el presente Decreto, la entidad deberá dar prelación a los empleados que de conformidad con el artículo 104y siguientes del Decreto extraordinario 77 de 1987 deban ser incorporados a la Administración Pública. Para tal efecto no se requerirá la celebración de concursos y la provisión de los empleos se hará mediante incorporación con base en las listas conformadas por la Dirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil.
Si la Universidad Tecnológica de los Llanos Orientales, no le es posible proveer algunos cargos conforme al anterior Procedimiento, el Secretario General deberá informar tal circunstancia a la Comisión de que trata el artículo 109 del mencionado Decreto 77, con indicación de las razones que no hicieron posible la incorporación.
Para el efecto de los registros correspondientes, igualmente deberá informar a la Dirección Técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil las incorporaciones efectuadas relacionando el nombre, identidad y cargo al que fue incorporado el empleado.
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el Decreto 2555 del 6 de diciembre de 1976 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 3 de mayo de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.
El Ministro de Educación Nacional,
Manuel Francisco Becerra Barney.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
William René Parra Gutiérrez.