DECRETO 909 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 909 DE 1991    

 (abril 5)    

     

POR EL CUAL SE DELEGAN ALGUNAS  FUNCIONES CONSTITUCIONALES.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la  Constitución Política, y    

     

     

CONSIDERANDO:    

     

Que el Jefe del Estado viajará a  la ciudad de Quito, República de Ecuador, para reunirse con el Presidente  Rodrigo Borja, con el fin de evaluar el estado de las relaciones bilaterales,  explotar nuevos campos de integración económica y analizar otros temas de interés  multilateral, a partir del día martes 9 de abril de 1991;    

     

Que en razón de la precedencia  establecida en las leyes vigentes, el Ministro de Gobierno está habilitado para  ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º. Deléganse en el  Ministro de Gobierno, Humberto De La Calle Lombana, por el tiempo que dure la  ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones  constitucionales:    

     

a) Artículo 118, numerales 7º. y  8º.;    

b) Artículo 119, numerales 2º. y  4º.;    

c) Artículo 120, con excepción de  los asuntos indicados en el numeral 20.    

     

Artículo 2º. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 5 de  abril de 1991.    

     

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

El Jefe del Departamento  Administrativo de la    

Presidencia de la República,    

FABIO VILLEGAS RAMIREZ.    

 

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