DECRETO 856 DE 1990
(abril 23)
por el cual se suprimen unos cargos y un Consulado.
Nota: Vigencia aplazada por el Decreto 1120 de 1990.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. A partir del 1º de junio de 1990, suprímense en el Consulado de Colombia en Tampa, Florida, Estados Unidos de América, los siguientes cargos: Un (1) Cónsul de Primera Clase, Grado Ocupacional 3 EX, con una asignación básica mensual de dos mil cuatrocientos dieciocho dólares con 64/100 (US$ 2.418.64), actualmente ocupado por el señor Daniel Lemaitre Díaz Granados.
Un (1) Vicecónsul, Grado Ocupacional 1 EX, con una asignación básica mensual de un mil ochocientos, dieciséis dólares con 76/100 (US$ 1816. 76), actualmente ocupado por el señor Alvaro de Bedout Tamayo.
Un (1) Canciller 11 PA, con una asignación básica mensual de un mil seiscientos setenta y un dólar con 86/100 (US$ 1.671.86), actualmente ocupado por la señora Zulima Lozano Bedoya.
Artículo 2º A partir del 1º de junio de 1990, suprímese el Consulado de Colombia en Tampa, Florida, Estados Unidos de América.
Artículo 3º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 23 de abril de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Julio Londoño Paredes.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla.