DECRETO 82 DE 1990
(enero 4)
POR EL CUAL SE ESTABLECEN LAS ESCALAS DE REMUNERACION CORRESPONDIENTES A LOS FUNCIONARIOS INTEGRANTES DEL GRUPO DE ESTUDIOS ESPECIALES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACION.
Nota: Derogado por el Decreto 121 de 1991, artículo 5º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
ARTICULO 1o. A partir del 1o. de enero de 1990, las escalas de remuneración mensual correspondientes a los funcionarios de la planta de personal del Departamento Nacional de Planeación, integrantes del Grupo de Estudios Especiales a que se refiere el artículo 83 del Decreto 2410 de 1989 serán las siguientes:
ESCALA DEL NIVEL DIRECTIVO
CODIGO
GRADO
ASIGNACION MENSUAL
0045
01
$ 460.200
0035
01
460.200
ESCALA DEL NIVEL ASESOR
CODIGO
GRADO
ASIGNACION MENSUAL
1020
01
$ 439.700
1020
02
456.500
ESCALA DEL NIVEL EJECUTIVO
CODIGO
GRADO
ASIGNACION MENSUAL
2035
09
$ 439.700
2040
03
380.400
2040
05
380.400
2040
06
380.400
2040
07
401.700
2045
06
380.400
2045
07
401.700
2055
08
418.500
2055
09
439.700
2060
07
401.700
2060
09
439 700
ESCALA DEL NIVEL PROFESIONAL
CODIGO
GRADO
ASIGNACION MENSUAL
3010
05
$ 315.000
3010
06
315.000
3010
07
325.800
3010
08
336.800
3010
09
345.200
3010
10
345.200
ARTICULO 2o. La remuneración mensual del Subjefe del Departamento Nacional de Planeación, será equivalente a la que, por todo concepto, se determine para los Viceministros del Despacho.
ARTICULO 3o. El empleo de Jefe de Sección 2075 Grado 05 podrá ser remunerado con cargo al Grupo de Estudios Especiales y tendrá una asignación mensual de doscientos treinta y seis mil pesos ($236.000.00) m/cte.
ARTICULO 4o. De conformidad con el artículo 83 del Decreto 2410 de 1989, la calidad de integrante del Grupo de Estudios Especiales será determinada por el Jefe del Departamento Nacional de Planeación.
ARTICULO 5o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto ley 35 de 1989, y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
LUIS BERNARDO FLOREZ ENCISO.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.