DECRETO 684 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 684 DE 1990                

(marzo 28)        

POR    EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 006 DE NOVIEMBRE 16 DE 1989, EMANADO DE LA    JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ARTISTA COLOMBIANO.        

El    Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales    y en especial de las señaladas en el literal c) del artículo 7ø del Decreto 2166 de 1985    y el literal c) del artículo 4ø del Decreto 214 de 1988,        

DECRETA:        

ARTICULO    1ø Apruébase el Acuerdo número 006 de noviembre 16 de 1989, emanado de la Junta    Directiva del Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano, por medio del    cual se desarrolla el artículo 8ø del Acuerdo 005 de noviembre 16 de 1989, cuyo    texto es el siguiente:        

ACUERDO    NÚMERO 006 DE 1989        

(noviembre    16)        

por    el cual se desarrolla el artículo 8ø del Acuerdo número 005 de noviembre 16 de    1989.        

La    Junta Directiva del Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano, en    ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las señaladas    en los literales e) y g) del artículo 10 del Decreto 2166 de 1985,        

RESUELVE:        

Artículo    1ø El Fondo de Seguridad Social del Artista Colombiano, asumirá el valor de mil    pesos ($ 1.000.00) del total de la cuota de sostenimiento mensual a que hace    referencia el artículo 8ø del Acuerdo número 005 de noviembre 16 de 1989, por    cada uno de los artistas afiliados a él.        

Parágrafo.    Esta suma deberá ser revisada por la Junta Directiva, por lo menos una vez al    año a partir de la vigencia del decreto que apruebe el presente Acuerdo.        

Artículo    2ø Lo dispuesto en el presente Acuerdo se aplicará a los artistas afiliados que    se encuentren gozando de los servicios de seguridad social en los términos del    Acuerdo número 005 de noviembre 16 de 1989, emanado de la Junta Directiva del    Fondo.        

Artículo    3ø El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación del decreto    mediante el cual se apruebe por el Gobierno Nacional.        

Dado    en Bogotá, D. E., a los dieciséis (16) días del mes de noviembre de mil    novecientos ochenta y nueve (1989).        

Firmado:    La Presidenta Junta Directiva,        

MARIA    ISABEL MORA ALVAREZ.        

Firmado:    El Secretario ad hoc,        

ANDRES    MELO QUIJANO.        

ARTICULO    2ø El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.        

Publíquese    y cúmplase.        

Dado    en Bogotá, D. E., a 28 de marzo de 1990.        

VIRGILIO    BARCO        

La    Ministra de Trabajo y Seguridad Social,        

MARIA    TERESA FORERO DE SAADE.                    

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