DECRETO 671 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 671 DE 1991    

(Marzo 11)    

     

     

 POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS EN MATERIA DE INVERSION EN TITULOS  DEL FONDO DE GARANTIAS DE INSTITUCIONES FINANCIERAS.    

     

El Presidente de la República de  Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en  especial de las que le confiere el literal b) del artículo 4º de la Ley 117 de 1985,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º Lo dispuesto en el  inciso primero del artículo 1° del Decreto 932 de 1990  podrá ser aplicable  también a las  instituciones financieras que con anterioridad al 31 de marzo de 1991 se  encuentren dando cumplimiento al literal b) del artículo 4° de la Ley 117 de 1985,  mediante la inversión en  bonos  del Fondo   de  Garantías  de   Instituciones Financieras, emitidos   en las condiciones señaladas en la Resolución 14 de 1990  de la Junta Monetaria.    

     

Artículo 2º El presente Decreto  rige desde la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. E., a 11 de  marzo de 1991.    

     

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.    

 

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