DECRETO 671 DE 1990
(marzo 27)
POR EL CUAL SE ADICIONA EL ARTICULO 17 DEL DECRETO 483 DE 26 DE FEBRERO DE 1990.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 3ø del artículo 120 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1ø Adiciónase el artículo 17 del Decreto 483 de 26 de febrero de 1990, en el sentido de que mientras el Ministerio de Minas y Energía celebra el convenio de administración del Fondo o asume su manejo, de acuerdo con el artículo 5ø del presente Decreto, éste podrá ser administrado por el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior, Icetex, en los términos del contrato celebrado el 18 de julio de 1986 por ambas entidades y demás reglamentos aprobados por el Ministerio de Minas y Energía.
Artículo 2ø Este Decreto rige a partir de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de marzo de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Minas y Energía,
MARGARITA MENA DE QUEVEDO.