DECRETO 610 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 610 DE 1990        

(marzo 20)        

POR    EL CUAL SE DELEGAN ALGUNAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES.        

El    Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le    confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y        

CONSIDERANDO:        

Que    el Jefe del Estado viajará a la República de Venezuela, a partir del 21 de    marzo de 1990, con el fin de entrevistarse con el señor Presidente del país    vecino, doctor Carlos Andrés Pérez, para realizar la ceremonia de    rehabilitación del Puente La Unión, ubicado entre Puerto Santander de Colombia    y Bocas del Grita de Venezuela y, a continuación, se dirigirá a la ciudad de    San Cristóbal, con el fin de firmar un Acta de Acuerdo y efectuar el    nombramiento de Comisiones bilaterales;        

Que    en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de    Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro    Delegatario,        

DECRETA:        

Artículo    1ø Deléganse en el Ministro de Gobierno, Carlos Lemos Simmonds, por el tiempo    que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones    constitucionales:        

a)    Artículo 118, numerales 7ø y 8ø;        

b)    Artículo 119, numeral 2ø;        

c)    Artículo 120, con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.        

Artículo    2ø El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.        

         

         

Publíquese    y cúmplase.        

Dado    en Bogotá, D. E., a 20 de marzo de 1990.        

VIRGILIO    BARCO        

El    Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,        

GERMAN    MONTOYA VELEZ.                    

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