DECRETO 605 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 605 DE 1990        

(marzo 16)         

POR MEDIO DEL CUAL SE    APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 005 DEL 12 DE FEBRERO DE 1990, DEL SERVICIO AEREO A    TERRITORIOS NACIONALES, SATENA.        

Nota: Derogado por el Decreto 2758 de 2001,    artículo 16.        

 El Presidente de la República de    Colombia, en uso de las facultades legales que le confiere el     Decreto 2344 de 1971,        

DECRETA:        

ARTICULO 1o. Apruébase el Acuerdo número    005 del 12 de febrero de 1990, emanado de la Junta Directiva del Servicio Aéreo    a Territorios Nacionales, SATENA, y cuyo texto es el siguiente:        

         

ACUERDO NÚMERO 005 DE 1990        

(febrero 12)        

“por el cual se establece la    estructura orgánica del Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, SATENA, y se    determinan las funciones de sus dependencias”.        

La Junta Directiva del Servicio Aéreo a    Territorios Nacionales, SATENA, en uso de sus facultades legales y estatutarias    y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia    de la República,        

ACUERDA:        

I. DE LA ESTRUCTUERA        

Artículo 1o. La estructura orgánica del    Servicio Aéreo a Territorios Nacionales, SATENA, será la siguiente:        

1. JUNTA DIRECTIVA.        

2. GERENCIA GENERAL.        

2.1. Oficina de Auditoría Interna.        

2.2. Oficina de Planeación.        

2.2.1. Sección de Sistemas.        

2.3. Oficina Jurídica.        

2.4. Oficina de Seguridad.        

3. SUBGERENCIA.        

3.1. División de Operaciones.        

3.1.1. Sección Operativa.        

3.2.1 Sección de Entrenamiento.        

         

3.2. División Técnica.        

3.2.1. Sección de Inspección Técnica.        

3.2.2. Sección de Control Mantenimiento.        

3.2.3. Sección de Talleres.        

3.2.4. Sección de Abastecimientos.        

3.3. División Administrativa.        

3.3.1. Sección de Relaciones    Industriales.        

3.3.2. Sección de Servicios Generales.        

3.3.3. Sección de Adquisiciones y    Suministros.        

3.3.4. Sección de Importaciones.        

3.4. División Financiera.        

3.4.1. Sección de Presupuesto.        

3.4.2. Sección de Contabilidad.        

3.4.3. Sección de Pagaduría.        

3.4.4. Sección de Cartera.        

3.5. División Comercial.        

3.5.1. Sección de Agencias.        

3.5.2. Sección de Despachos.        

3.5.3. Sección de Mercadeo.        

4. ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION.        

4.1. Comité de Gerencia.        

4.2. Comité de Seguridad y Prevención de    Accidentes.        

4.3. Junta de Licitaciones y    Adquisiciones.        

4.4. Comisión de Personal.        

         

II. DE LAS FUNCIONES        

Artículo 2o. JUNTA DIRECTIVA Y GERENCIA    GENERAL. La Junta Directiva y la Gerencia General cumplirán las funciones para    ellas asignadas en los estatutos de la empresa y en las demás disposiciones    legales que los adicionen, modifiquen o sustituyan.        

         

Artículo 3o. OFICINA DE AUDITORIA    INTERNA. Son funciones de Oficina de Auditoría Interna, las siguientes:        

a) Ejercer el control operativo,    contable, financiero, administrativo y demás, con el fin de asegurar la solidez    y eficiencia de la Empresa y comprobar el cumplimiento de las leyes, normas y    reglamentaciones ;        

b) Verificar la exactitud de los estados    financieros de la Empresa, por medio de los procedimientos de comprobación    periódica y selectiva de los registros contables, análisis de cuentas,    confirmación de fuentes externas y otros procedimientos de auditoría    aplicables;        

c) Identificar las causas de    inconsistencias o desviaciones en el desarrollo de los diferentes programas y    en el cumplimiento de los objetivos propuestos y recomendar acciones    correctivas;        

d) Velar por la adecuada custodia de los    bienes y fondos de la Empresa y contribuir a la legalidad de la gestión fiscal;        

e) Coordinar con las demás dependencias    de la Empresa, la adopción de sistemas de control, según las necesidades de los    programas que se ejecuten;        

f) Presentar a la Gerencia General,    informes periódicos sobre los resultados obtenidos en las acciones de auditoría    a las dependencias de la Empresa;        

g) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 4o. OFICINA DE PLANEACION. Son    funciones de la Oficina de Planeación, las siguientes:        

a) Asesorar a la Gerencia General en la    formulación de políticas y en la definición de planes y programas que deba    realizar la Empresa en el cumplimiento de sus objetivos;        

b) Elaborar y evaluar en coordinación    con las demás dependencias, los planes, programas y proyectos de la Empresa;        

c) Presentar a la Gerencia General los    proyectos específicos de la Empresa, que deban ser incluidos por parte del    Ministerio de Defensa Nacional en los programas sectoriales de inversión    pública;        

d) Programar y elaborar en coordinación    con la División Financiera, el proyecto anual de presupuesto de ingresos y    gastos;        

e) Elaborar los estudios de carácter económico,    operativo y técnico que requiera la Empresa y sean asignados por la Gerencia    General;        

f) Elaborar los estudios sobre    estructura y funciones de las dependencias de la Empresa y las demás    relacionadas con el desarrollo organizacional de la misma;        

g) Dirigir y coordinar las actividades    referentes al procesamiento y suministro de las estadísticas y demás    información de la Empresa;        

h) Rendir informes periódicos a la    Gerencia General sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 5o. SECCION DE SISTEMAS. Son    funciones de la Sección de Sistemas, las siguientes:        

a) Diseñar el sistema integrado de    información y efectuar el procesamiento electrónico de los datos que permita la    generación de información necesaria para las diferentes actividades y    dependencias de la Empresa;        

b) Elaborar los programas de    sistematización que requieran las diferentes dependencias, de acuerdo con    normas y prioridades establecidas;        

c) Velar por el mantenimiento y    seguridad de los equipos y sus aplicaciones;        

d) Recolectar, organizar y controlar los    datos estadísticos relacionados con las actividades y servicios de la Empresa;        

e) Asistir a las demás dependencias de    la Empresa en lo referente a sistemas y métodos, formatos y procedimientos    administrativos y mantener actualizado el registro de formas que utiliza la    Empresa;        

f) Rendir informes periódicos a la    Oficina de Planeación sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 6o. OFICINA JURIDICA. Son    funciones de la Oficina Jurídica, las siguientes:        

a) Asesorar a la Gerencia General y    demás dependencias de la Empresa, en el trámite y solución de los asuntos de    carácter jurídico;        

b) Controlar los procesos jurídicos y    demandas de la Empresa, manteniendo permanentemente informada a la Gerencia    General;        

c) Asistir a la Gerencia General en la    elaboración o revisión de los proyectos de Acuerdo, Resolución, minutas de    contrato y demás actos que deban suscribir la Junta Directiva y la Gerencia    General;        

d) Representar a la entidad a través de    sus abogados, en los asuntos de carácter jurídico, cuando así lo determine la    Gerencia General;        

e) Velar por el cumplimiento de los    términos y demás disposiciones relacionadas con las investigaciones    disciplinarias y administrativas que se adelanten en la Empresa.        

f) Recopilar y mantener actualizada la    normatividad relacionada con la Empresa y velar por su divulgación;        

g) Rendir informes periódicos a la    Gerencia General sobre las actividades de la dependencia;        

h) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 7o. OFICINA DE SEGURIDAD. Son    funciones de la Oficina de Seguridad, las siguientes:        

a) Asesorar a la Gerencia General en la    formación de planes relacionados con la seguridad aérea, industrial y física de    la Empresa;        

b) Elaborar y desarrollar los programas    de prevención de accidentes aéreos y de trabajo, así como los de defensa y    protección física de la Empresa;        

c) Determinar y tramitar la adquisición    de los elementos necesarios para los equipos de supervivencia, emergencia de    los aviones y elementos de protección personal de los trabajadores y controlar su    asignación y uso adecuado;        

d) Determinar las causas de los    accidentes o incidentes, con base en las investigaciones y rendir el    correspondiente informe a la Gerencia General;        

e) Supervisar los programas de    entrenamiento de tripulantes de vuelo y del personal técnico, desde el punto de    vista de seguridad aérea e industrial;        

f) Desarrollar inspecciones periódicas a    las dependencias de la Empresa, con el fin de detectar riesgos y deficiencias    en los aspectos de seguridad física e industrial;        

g) Rendir informes periódicos a la    Gerencia General sobre las actividades de la dependencia;        

h) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 8o. SUBGERENCIA. Son funciones    de la Subgerencia, las siguientes:        

a) Asistir a la Gerencia General en la    coordinación de las actividades de las diferentes dependencias;        

b) Representar a la Gerencia General en    las actividades que ésta le encomiende;        

c) Velar por el cumplimiento de las    normas y reglamentaciones internas de la Empresa y conceptuar sobre los asuntos    que se sometan a su consideración;        

d) Atender las funciones de Secretaría    de la Junta Directiva, de conformidad con el Estatuto Interno de la Empresa;        

e) Refrendar los actos de la Junta    Directiva y de la Gerencia General y expedir las constancias y certificaciones    que sean de su competencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 9o. DIVISION DE OPERACIONES.    Son funciones de la División de Operaciones, las siguientes:        

a) Asistir a la Gerencia General por    conducto de la Subgerencia, en la formulación de los planes y programas    relacionados con las operaciones aéreas de la Empresa;        

b) Coordinar con la División Comercial    el establecimiento o supresión de rutas y frecuencias, de acuerdo con las    necesidades y condiciones del mercado;        

c) Coordinar con la División Técnica, el    mantenimiento y la disponibilidad del material aeronáutico;        

d) Coordinar con la Oficina de    Planeación, el suministro de información y estadística confiables que faciliten    las actividades de la dependencia;        

e) Supervisar la operación de vuelo y    los aspectos relacionados con la seguridad aérea, en coordinación con la    Oficina de Seguridad;        

f) Organizar y supervisar las    actividades relacionadas con la instrucción y entrenamiento de los tripulantes    en los diferentes tipos de aviones que operan en la Empresa;        

g) Controlar y evaluar la programación    mensual de vuelo, asignada al personal de tripulantes, a fin de que se cumpla    en su totalidad;        

h) Rendir informes periódicos a la    Subgerencia sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 10. SECCION OPERATIVA. Son    funciones de la Sección Operativa, las siguientes:        

a) Elaborar el programa de vuelo mensual    para las tripulaciones de la Empresa;        

b) Ejecutar los planes de vuelo, de    acuerdo a rutas e itinerarios establecidos;        

c) Elaborar las órdenes de vuelo, de acuerdo    con las normas vigentes y verificar su estricto cumplimiento;        

d) Actualizar los cuadros de control    sobre autonomía de vuelo, horas voladas y disponibilidad de aviones y    tripulantes;        

e) Coordinar lo pertinente a las    comunicaciones terrestres de la Empresa;        

f) Rendir informes periódicos a la    División de Operaciones sobre las actividades de la dependencia;        

g) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 11. SECCION DE ENTRENAMINETO.    Son funciones de la Sección de Entrenamiento, las siguientes:        

a) Preparar los programas de    entrenamiento e instrucción para las tripulaciones de las aeronaves y el    personal de tierra, de acuerdo con las directrices vigentes.        

b) Coordinar con el Comando Aéreo de    Transporte Militar (CATAM), la ejecución de los programas de entrenamiento e    instrucción de las tripulaciones y del personal de apoyo de tierra, de acuerdo    con las disposiciones de la Jefatura de Operaciones Aéreas de la Fuerza Aérea y    de la Empresa;        

c) Evaluar la ejecución de los programas    de capacitación e instrucción dictados a las tripulaciones y personal de apoyo;        

d) Supervisar la vigencia de los    certificados médicos y licencias de las tripulaciones, de acuerdo con normas de    la Fuerza Aérea y del Departamento Administrativo de la Aeronáutica Civil ;        

e) Rendir informes periódicos a la    División de Operaciones sobre las actividades de la dependencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 12. DIVISION TECNICA. Son    funciones de la División Técnica, las siguientes:        

a) Dirigir y evaluar la elaboración y    ejecución de los planes y programas necesarios para el mantenimiento preventivo    y correctivo de las aeronaves y equipos de la Empresa;        

b) Orientar, coordinar y evaluar los    programas de adiestramiento para el personal técnico;        

c) Programar en coordinación con la    Sección de Entrenamiento, los cursos de tierra y repaso para el personal de    técnicos tripulantes en los diferentes equipos de la Empresa;        

d) Rendir informes periódicos a la    Subgerencia sobre las actividades de la dependencia;        

e) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 13. SECCION DE INSPECCION    TECNICA. Son funciones de la Sección de Inspección Técnica, las siguientes:        

a) Controlar la calidad de los trabajos    ejecutados a las aeronaves;        

b) Manejar las publicaciones técnicas    aplicables a las aeronaves de la Empresa;        

c) Ejercer el control de tiempos de    operación de las aeronaves, motores y accesorios;        

d) Controlar técnicamente los vuelos de    prueba y pruebas funcionales de aeronaves, componentes y accesorios;        

e) Rendir informes periódicos a la    División Técnica sobre las actividades de la dependencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 14. SECCION DE CONTROL DE    MANTENIMIENTO: Son funciones de la Sección de Control Mantenimiento, las    siguientes:        

a) Elaborar el programa general de    mantenimiento de las aeronaves y del equipo aeronáutico de la Empresa;        

b) Atender las actividades de    mantenimiento preventivo, correctivo y recuperativo;        

c) Proporcionar los servicios de línea    de vuelo incluyendo la ejecución de las inspecciones diarias de prevuelo y post-vuelo,    para la operación de las aeronaves de la Empresa;        

d) Rendir informes periódicos a la    División Técnica sobre las actividades de la dependencia;        

e) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia;        

         

Artículo 15. SECCION DE TALLERES. Son    funciones de la Sección de Talleres, las siguientes:        

a) Ejecutar los trabajos de reparación    de los diferentes componentes de las aeronaves;        

b) Emitir concepto técnico cuando los    elementos no sean reparados en los talleres de la Empresa y requieran de una    acción diferente a la programada;        

c) Rendir informes periódicos a la    División Técnica sobre las actividades de la dependencia;        

d) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 16. SECCION DE ABASTECIMIENTOS.    Son funciones de la Sección de Abastecimiento, las siguientes:        

a) Elaborar y tramitar en coordinación    con la Sección de Importaciones, los pedidos para el oportuno suministro de    repuestos y partes de aviación;        

b) Elaborar en coordinación con las    Secciones de Importaciones y Adquisiciones y Suministros el plan general anual    de compras;        

c) Establecer un sistema de control de    existencias que garantice la disponibilidad de repuestos y materiales    apropiados, así como su entrega oportuna a los diferentes talleres y a la línea    de vuelo;        

d) Elaborar y tramitar las entradas y    bajas de material aeronáutico, de acuerdo con las normas vigentes respectivas;        

e) Actualizar y presentar de acuerdo a    normas fiscales, los inventarios del almacén de materiales aeronáuticos;        

f) Rendir informes periódicos a la    División Técnica sobre las actividades de la dependencia;        

g) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 17. DIVISION ADMINISTRATIVA.    Son funciones de la División Administrativa, las siguientes:        

a) Asistir a la Gerencia General por    conducto de la Subgerencia, en la determinación de los planes, programas y    metas relacionados con la gestión administrativa de la Empresa;        

b) Dirigir y coordinar las actividades    relativas a la administración de personal y servicios generales y demás    aspectos administrativos de la Empresa;        

c) Dirigir y coordinar las adquisiciones    de suministros y material aeronáutico, así como el almacenamiento, mantenimiento    y suministro de los bienes requeridos para el adecuado funcionamiento de la    Empresa;        

d) Coordinar con la Oficina de    Planeación, el procesamiento de la información requerida por la dependencia    para su normal funcionamiento;        

e) Supervisar que se preste el servicio    de transporte de superficie al personal de la Empresa;        

f) Coordinar con la División Financiera,    la apertura de cartas de crédito para adquirir material aeronáutico en el    exterior;        

g) Rendir informes periódicos a la Subgerencia    sobre las actividades de la dependencia;        

h) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 18. SECCION DE RELACIONES    INDUSTRIALES. Son funciones de la Sección de Relaciones Industriales, las    siguientes:        

         

a) Ejecutar las actividades relacionadas    con la administración de personal de la Empresa, según lo determine la Gerencia    General de la misma;        

b) Adelantar el proceso de selección de    personal en coordinación con las dependencias de la Empresa;        

c) Elaborar y supervisar la ejecución de    los planes para el bienestar y recreación del personal;        

d) Coordinar con las dependencias de la    Empresa, los programas de capacitación y desarrollo para el personal    administrativo;        

e) Atender lo relacionado con la    elaboración y liquidación de nómina, prestaciones legales y demás    reconocimientos laborales, de acuerdo con las normas vigentes;        

f) Rendir informes periódicos a la    División Administrativa sobre las actividades de la dependencia;        

g) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 19. SECCION DE SERVICIOS    GENERALES. Son funciones de la Sección de Servicios Generales, las siguientes:        

a) Prestar el apoyo logístico a las    diferentes dependencias de la Empresa;        

b) Prestar el adecuado mantenimiento y    reparación de las instalaciones, equipos y demás bienes de la Empresa;        

c) Programar y controlar el servicio de    transporte tanto de los automotores de la Empresa como del que se contrate;        

d) Manejar el archivo y correspondencia,    de acuerdo con las normas vigentes establecidas;        

e) Atender los servicios de aseo y    cafetería;        

f) Rendir informes periódicos a la    División Administrativa sobre las actividades de la dependencia;        

g) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 20. SECCION DE ADQUISICIONES Y    SUMINISTROS. Son funciones de la Sección de Adquisiciones y Suministros, las    siguientes:        

a) Elaborar en coordinación con las    Secciones de Importaciones y Abastecimientos el plan general anual de compras;        

b) Preparar y presentar los análisis e    informaciones requeridos por la Junta de Licitaciones y Adquisiciones;        

c) Efectuar los tramites necesarios para    la adquisición de los equipos, materiales y demás elementos de suministros que    requieran las dependencias para su normal funcionamiento;        

d) Elaborar y llevar el control de las    órdenes de pedido y pago de cuentas de los proveedores;        

e) Recibir, organizar, custodiar y    suministrar los bienes y elementos que se adquieran, así como mantener los    niveles mínimos de existencia requeridos;        

f) Verificar el cumplimiento de los    plazos, especificaciones y condiciones de entrega y estado de los bienes    adquiridos;        

g) Organizar y mantener actualizado el kárdex    de proveedores de suministros ;        

h) Llevar el registro y control del    inventario general del almacén de suministros y tramitar las bajas requeridas    conforme a las disposiciones fiscales;        

i) Rendir los informes periódicos a la    División Administrativa sobre las actividades de la dependencia;        

j) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 21. SECCION DE IMPORTACIONES.    Son funciones de la Sección de Importaciones, las siguientes:        

a) Adelantar ante los proveedores    internacionales y organismos competentes, los trámites de importación y    nacionalización, así como de las reparaciones en el exterior de las aeronaves,    partes y accesorios que requiera la Empresa;        

b) Coordinar con las Secciones de    Adquisiciones y Suministros y de Abastecimientos la elaboración del plan    general anual de compras;        

c) Preparar y presentar los análisis e    informaciones para el estudio y decisiones de la Junta de Licitaciones y    Adquisiciones;        

d) Organizar y controlar en coordinación    con la Sección de Abastecimientos, el recibo, custodia y suministro de los    repuestos y materiales aeronáuticos adquiridos;        

e) Organizar y mantener actualizado el    kárdex de proveedores de equipos y materiales aeronáuticos;        

f) Elaborar y llevar el control de las    órdenes de pedido y pago de cuentas de los proveedores de equipos y materiales    aeronáuticos;        

g) Rendir informes periódicos a la    División Administrativa sobre las actividades de la dependencia;        

h) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 22. DIVISION FINANCIERA. Son    funciones de la División Financiera, las siguientes:        

a) Asistir a la Gerencia General por    conducto de la Subgerencia, en la formulación de planes, programas y metas    relacionados con la gestión financiera de la Empresa;        

b) Dirigir, coordinar y supervisar las    actividades relacionadas con presupuesto, contabilidad, pagaduría y cartera de    la Empresa;        

c) Coordinar con la Oficina de    Planeación, la elaboración anual del presupuesto de la Empresa;        

d) Dirigir y coordinar la elaboración y    análisis de los estados financieros de la Empresa;        

         

e) Supervisar los análisis de    apropiaciones presupuestales, ejecución de reservas, gastos e ingresos;        

f) Coordinar y supervisar las    operaciones de apertura y reembolsos de cartas de crédito, así como de los    gastos y comisiones bancarias en que se compromete la Empresa;        

g) Coordinar con la Oficina de    Planeación, el procesamiento de la información requerida por la dependencia    para su normal funcionamiento;        

h) Rendir informes periódicos a la    Subgerencia sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 23. SECCION DE PRESUPUESTO. Son    funciones de la Sección de Presupuesto, las siguientes:        

a) Preparar en coordinación con la    Oficina de Planeación el proyecto anual de presupuesto de la Empresa;        

b) Llevar los registros contables de    ejecución presupuestal, de conformidad con las disposiciones vigentes sobre la    materia;        

c) Expedir los certificados de    disponibilidad y constituir las reservas requeridas;        

d) Preparar los acuerdos mensuales de    ordenación de gastos, adiciones y traslados presupuestales que sean necesarios;        

e) Elaborar y presentar los informes y    estados de ejecución presupuestal que le sean solicitados;        

f) Controlar, en coordinación con la    Sección de Importaciones, la apertura y reembolsos de cartas de crédito y demás    transacciones financieras por compras y reparaciones en el exterior;        

g) Prestar asistencia a las dependencias    de la Empresa sobre asignación y programación del gasto que requieran;        

h) Rendir los informes periódicos a la    División Financiera sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 24. SECCION DE CONTABILIDAD.    Son funciones de la Sección de Contabilidad, las siguientes:        

a) Efectuar los registros contables,    financieros y de costos de las operaciones que realice la Empresa;        

b) Elaborar y presentar los balances y    estados financieros periódicos y demás informes del ejercicio de la Empresa;        

c) Controlar la exactitud y el flujo de    la información contable que deban rendir las diferentes dependencias de la    Empresa;        

d) Coordinar con la Auditoría Fiscal el estudio    y ajuste del manual contable; la rendición de los estados financieros y    conciliaciones bancarias, y la solución a las observaciones que se formulen a    los documentos y registros contables;        

e) Rendir los informes periódicos a la    División Financiera sobre las actividades de la dependencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 25. SECCION DE PAGADURIA. Son    funciones de la Sección de Pagaduría, las siguientes:        

a) Recaudar los ingresos y efectuar los    pagos a cargo de la Empresa;        

b) Coordinar la disponibilidad de fondos    para el cumplimiento de las obligaciones y programas de inversión;        

c) Custodiar los títulos y valores de la    Empresa;        

d) Atender el manejo de las cuentas    corrientes de la Empresa, previa autorización de la Gerencia General;        

e) Rendir informes periódicos a la    División Financiera sobre las actividades de la dependencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 26. SECCION DE CARTERA. Son    funciones de la Sección de Cartera, las siguientes:        

a) Diseñar, proponer y ejecutar    mecanismos para agilizar el recaudo de la cartera existente en la Empresa;        

b) Llevar el registro de los créditos e    informar a la División Comercial y a la Oficina Jurídica el estado de los    mismos, para las acciones pertinentes;        

c) Elaborar los estados de cuentas y    proponer medidas para su cobro;        

d) Coordinar con las agencias    comerciales, las acciones necesarias que permitan recuperar oportunamente la    cartera existente;        

e) Rendir informes periódicos a la    División Financiera sobre las actividades de la dependencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 27. DIVISION COMERCIAL. Son    funciones de la División Comercial, las siguientes:        

a) Asistir a la Gerencia General por    conducto de la Subgerencia, en la formulación de planes y programas de    promoción, fomento y mercadeo de los servicios de la Empresa;        

b) Verificar la adecuada utilización de las    aeronaves en beneficio de un mejor servicio a los usuarios de la Empresa;        

c) Desarrollar en coordinación con la    División de Operaciones los estudios de mercadeo para la adopción de nuevas    rutas o el mejoramiento de las actuales;        

d) Proponer los programas de publicidad    y propaganda de la Empresa;        

e) Coordinar con la Oficina de    Planeación, el procesamiento de la información requerida por la dependencia    para su normal funcionamiento;        

f) Estudiar y proponer en coordinación    con la División Financiera, las tarifas aplicables para cada una de las rutas;        

g) Dirigir y controlar las actividades    de las agencias comerciales, despacho de aeronaves y oficina de pasajes;        

h) Rendir informes periódicos a la    Subgerencia sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 28. SECCION DE AGENCIAS. Son    funciones de la Sección de Agencias, las siguientes:        

a) Coordinar, controlar y evaluar el    funcionamiento de las agencias comerciales y sucursales;        

b) Supervisar el oportuno envío de los    fondos recaudados por ventas de pasajes y servicios de la empresa;        

c) Efectuar visitas administrativas a    las agencias y sucursales;        

d) Coordinar con las agencias lo    relacionado con el alojamiento y alimentación de pasajeros, en los casos de    incumplimiento de itinerarios;        

e) Dictar normas relacionadas con el    recibo, mantenimiento, reparación y despacho de las aeronaves;        

f) Rendir informes periódicos a la    División Comercial sobre las actividades de la dependencia;        

g) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 29. SECCION DE DESPACHOS. Son    funciones de la Sección de Despachos, las siguientes:        

a) Atender el oportuno despacho de las    aeronaves, para el cumplimiento estricto de los itinerarios;        

b) Controlar y supervisar la expedición    de tiquetes, recaudos de fondos, asignación de cupos, manejo de equipajes y    atención de los usuarios;        

c) Controlar y supervisar el oportuno    alistamiento del servicio a bordo.        

d) Controlar y supervisar el cargue y    descargue de los aviones y entrega de equipajes y carga a los usuarios;        

e) Coordinar y supervisar oportunamente    el equipo de rampa y tanqueo de los aviones;        

f) Solicitar oportunamente el llamado a bordo    de los pasajeros para los diferentes vuelos o informar sobre retardos o    cancelación de itinerarios;        

g) Coordinar con otras empresas de    aviación, los cupos necesarios para efectuar los interlines que se requieran;        

h) Rendir informes periódicos a la División    Comercial sobre las actividades de la dependencia;        

i) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

Artículo 30. SECCION DE MERCADEO. Son    funciones de la Sección de Mercadeo, las siguientes:        

a) Ejecutar y controlar los planes y    programas sobre promoción y publicidad de la Empresa y presentar cuando se    requiera, las recomendaciones necesarias;        

b) Coordinar con la División de    Operaciones, el establecimiento de nuevas rutas e itinerarios;        

c) Evaluar el comportamiento de las    rutas e itinerarios actuales frente al mercado y proponer los ajustes del caso;        

d) Determinar el comportamiento de las    tarifas de la Empresa frente al mercado y coordinar con la Oficina de    Planeación los ajustes de orden económico e institucional que se requieran;        

e) Rendir informes periódicos a la    División Comercial sobre la actividades de la dependencia;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.        

         

ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION.        

Artículo 31. COMITE DE GERENCIA. El    Comité de Gerencia estará integrado por:        

a) El Gerente General, quien lo    presidirá;        

b) El Subgerente;        

c) Los Jefes de Oficina;        

d) Los Jefes de División.        

Actuará como Secretario el funcionario    que la Gerencia General designe.        

         

Artículo 32. Son funciones del Comité de    Gerencia, las siguientes:        

a) Evaluar los planes y programas que    deba adelantar SATENA para el cumplimiento de sus funciones;        

b) Recomendar las acciones que sean    procedentes para el cumplimiento de los objetivos y políticas de la Empresa;        

c) Analizar los asuntos que deban    someterse a consideración de la Junta Directiva.        

         

Artículo 33. COMITE DE SEGURIDAD Y    PREVENCION DE ACCIDENTES.        

El Comité de Seguridad y Prevención de    Accidentes, estará integrado por:        

a) El Subgerente, quien lo presidirá;        

b) El Jefe de la División de    Operaciones;        

c) El Jefe de la División Técnica;        

d) Un piloto experimentado en cada uno    de los equipos de vuelo.        

Actuará como Secretario del Comité el    Jefe de la Oficina de Seguridad.        

         

Artículo 34. El Comité de Seguridad    cumplirá las siguientes funciones:        

a) Recomendar políticas sobre seguridad    aérea, industrial, física y de documentos, conforme a las normas establecidas;        

b) Analizar y prevenir riesgos de    operaciones en los        

diferentes equipos;        

c) Revisar los incidentes o accidentes    ocurridos, derivando enseñanzas para evitar su ocurrencia futura;        

d) Sugerir medidas sobre ampliación o    restricción de las operaciones, bajo el punto de vista de la seguridad;        

e) Recomendar campañas de seguridad y    propender por su adecuada difusión;        

f) Las demás funciones que le sean    asignadas y correspondan a la naturaleza del comité.        

         

Artículo 35. JUNTA DE LICITACIONES Y    ADQUISICIONES .La Junta de Licitaciones y Adquisiciones, estará integrada por:        

a) El Subgerente, quien la presidirá;        

b) El Jefe de la División    Administrativa;        

c) El Jefe de la División Técnica;        

d) El Jefe de la División Financiera;        

e) El Jefe de la Sección de    Adquisiciones y Suministros;        

f) El Jefe de la Sección de    Importaciones.        

El Jefe de la Oficina de Auditoría    Interna, asistirá con voz pero sin voto; actuará como Secretario, el Jefe de la    Sección de Importaciones.        

         

Artículo 36. Son funciones de la Junta    de Licitaciones y Adquisiciones, las siguientes:        

a) Asesorar a la Gerencia General en lo    relacionado con la política de compras y planes de abastecimientos;        

b) Estudiar las propuestas de los    oferentes desde el punto de vista de calidad, precios y condiciones de entrega    y recomendar los mejores para la Empresa.        

c) Las demás que le asigne la Gerencia    General sobre la materia.        

         

Artículo 37. COMISION DE PERSONAL. La    Comisión de Personal estará integrada y cumplirá las funciones de acuerdo con    las disposiciones vigentes sobre la materia.        

         

Artículo 38. El presente Acuerdo rige a partir    de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga el Acuerdo    número 021 del 10 de junio de 1988.        

         

Comuníquese y cúmplase.        

Dado en Bogotá, D. E., a…        

(Fdo.) General OSCAR BOTERO RESTREPO,    Ministro de Defensa Nacional-Presidente Junta Directiva de SATENA.        

(Fdo.) Coronel (r) PASTOR DUARTE    HERNANDEZ, Secretario Junta Directiva de SATENA¯.        

         

ARTICULO    2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el        Decreto número 1427 del 15 de julio    de 1988.        

         

Publíquese y cúmplase.        

Dado en Bogotá, D. E., a 16 de marzo de    1990.        

VIRGILIO BARCO        

El Ministro de Defensa Nacional,        

General    OSCAR BOTERO RESTREPO.                    

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