DECRETO 56 DE 1991
(enero 8)
POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA PARCIALMENTE EL Decreto 196 de 1989.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad conferida por el artículo 120 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Artículo 1º. AJUSTE TARIFARIO. La Junta Nacional de Tarifas de Servicios Públicos determinará la tasa y periodicidad de la actualización de las tarifas del servicio de aseo. En casos especiales se podrán autorizar ajustes puntuales para adecuar las tarifas a valores establecidos con fundamento en los costos de prestación del servicio.
Artículo 2º. DEROGACION. El presente Decreto deroga el artículo 10 del Decreto 196 de 1989 y toda norma que le sea contraria.
Artículo 3o. VIGENCIA. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el DIARIO OFICIAL.
Comuníquese, publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 8 de enero de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Salud,
CAMILO GONZALEZ POSSO.
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación,
ARMANDO MONTENEGRO T.