DECRETO 54 DE 1990
(enero 4)
POR EL CUAL SE FIJA EL VALOR DEL PUNTO PARA EL PERSONAL TECNICO-CIENTIFICO DEL INSTITUTO GEOGRAFICO “AGUSTIN CODAZZI”.
Nota: Derogado por el Decreto 110 de 1991, artículo 3º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
ARTICULO 1o. A partir del 1º. de enero de 1990, el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, será de un mil cuarenta y dos pesos ($1.042.00) moneda corriente.
ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el , y surte efectos fiscales a partir del 1º. de enero de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 4 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.