DECRETO 536 DE 1990
(marzo 6)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 03 DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CAJA NACIONAL DE PREVISION SOCIAL QUE MODIFICA LOS ESTATUTOS.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial la que le confiere el artículo 26 del Decreto 1050 de 1968,
DECRETA:
ARTICULO 1º. Apruébase el Acuerdo número 03 de enero 18 de 1990, emanado de la Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social, cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 03 DE 1990
(enero 18)
por el cual se modifica parcialmente los estatutos.
La Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsión Social, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere los artículos 26 del Decreto 1050 de 1968 y 18 del Decreto 434 de 1971 y oído el concepto de la Secretaría de Administración Pública de la Presidencia de la República,
ACUERDA:
Artículo 1º. Modificar los numerales 2 y 4 del artículo 3º. de los estatutos vigentes los cuales quedarán así:
Artículo 3º….
2. Reconocer y pagar, directamente o por medio de compañías de seguros, para lo cual suscribirá los correspondientes contratos, según las disposiciones legales vigentes, a los afiliados y a los beneficiarios del afiliado o pensionado las prestaciones a que tenga derecho.
4. Atenderá en la forma prevista en el numeral 2 las prestaciones a las cuales se obligue la entidad a favor de sus afiliados facultativos.
Artículo 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a los 18 días del mes de enero de
1990.
(Fdo.) El Presidente,
LEONARDO CAÑON ORTEGON.
(Fdo.) El Secretario,
GILBERTO OSSA BORRERO.
ARTICULO 2º. Este Decreto rige desde la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de marzo de 1990.
VIRGILIO BARCO
La Ministra de Trabajo y Seguridad Social,
MARIA TERESA FORERO DE SAADE.