DECRETO 53 DE 1990
(enero 4)
POR EL CUAL SE FIJA LA REMUNERACION DEL PERSONAL DOCENTE DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACION PUBLICA-ESAP-Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES.
Nota: Modificado parcialmente por el Decreto 101 de 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 76 de 1989,
DECRETA:
ARTICULO 1o. A partir del 1° de enero de 1990, el valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración mensual de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública-ESAP-será de un mil trescientos treinta y ocho pesos ($1.338) moneda corriente. En el valor de dicho punto el cincuenta por ciento (50%) corresponderá a salario básico y cincuenta por ciento (50%) a gastos de representación.
Artículo 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1° de enero de 1990 y deroga en lo pertinente el Decreto ley 12 de 1989.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 4 de enero de 1990.
VIRGILIO BARCO.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.