DECRETO 522 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 522 DE 1991    

(febrero 22)    

     

POR  EL CUAL SE DELEGAN ALGUNAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES    

     

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le  confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y    

     

     

CONSIDERANDO:    

     

Que  el Jefe del Estado viajar a los Estados Unidos de América, para entrevistarse  con el Presidente George Bush, con el Vicepresidente Dan Quayle, con los  Secretarios de los Departamentos de Estado y de Justicia, con el Procurador  General y otras autoridades, a partir del 23 de febrero de 1991.    

     

Que  en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de  Gobierno está habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro  Delegatario,    

     

DECRETA:    

     

Artículo  1ø Deléganse en el Ministro de Gobierno, Humberto de la Calle Lombana, por el  tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes  funciones constitucionales:    

     

a)  Artículo 118, numerales 7. y 8.    

b)  Artículo 119, numerales 2. y 4.    

c)  Artículo 120, con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.    

     

Artículo  2ø El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Bogotá, D. E., a 22 de febrero de 1991.    

     

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

     

El  Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,    

FABIO  VILLEGAS RAMIREZ.    

     

 

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