DECRETO 426 DE 1990
(febrero 16)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 008 DEL 17 DE MAYO DE 1989 DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA DEFENSA CIVIL COLOMBIANA, QUE FIJA LA PLANTA DE PERSONAL.
Nota: Derogado por el Decreto 659 de 1999.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades legales y en especial las que le confiere el artículo 74 del Decreto ley 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1o. Apruébase el Acuerdo número 008 del 17 de mayo de 1989 de la Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana cuyo texto es el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 0008 DE 1989
(mayo 17)
” por el cual se fija la planta de personal de la Defensa Civil Colombiana “.
La Junta Directiva de la Defensa Civil Colombiana, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 8o. de los estatutos aprobados por Decreto 2241 de 1985,
ACUERDA:
Artículo 1o. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Defensa Civil Colombiana serán cumplidas por la planta de personal que a continuación se establece:
No. DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
DIRECCION GENERAL.
1
Director General de Establecimiento Público
0015
06
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Secretario Ejecutivo
5040
15
OFICINA JURIDICA.
1
Jefe de Oficina
2045
07
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Secretario
5140
08
OFICINA DE PLANEACION E INFORMATICA.
1
Jefe de Oficina
2045
07
1
Profesional Universitario
3020
04
1
Programador de Sistemas
4060
09
1
Técnico Administrativo
4065
09
2
Operador Equipo de Sistemas
4100
06
1
Secretario
5140
08
SECRETARIA GENERAL
1
Secretario General de Establecimiento Público
0037
02
2
Secretario
5140
08
1
Ayudante de Oficina
5155
07
2
Ayudante de Oficina
5155
05
SUBDIRECCION GENERAL
1
Subdirector General de Establecimiento Público
0040
02
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
DIVISION ADMINISTRATIVA.
1
Jefe de División
2040
06
1
Secretario
5140
08
SECCION DE PERSONAL
1
Jefe de Sección
2075
05
2
Profesional Universitario
3020
06
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
2
Enfermero Auxiliar
6045
07
SECCION DE ADQUISICIONES Y SUMINISTROS.
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Jefe de Almacén
5060
17
1
Almacenista
5080
13
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
3
Secretario
5140
06
1
Operario
6030
05
2
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
SECCION DE SERVICIOS GENERALES
1
Jefe de Sección
2075
05
1
Secretario
5140
08
1
Ayudante de Oficina
5155
07
2
Operario Calificado
6000
09
2
Operario Calificado
6000
07
2
Chofer Mecánico
6010
08
7
Chofer Mecánico
6010
06
6
Celador
6020
06
3
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
DIVISION DE OPERACIONES.
1
Jefe de División
2040
06
1
Profesional Universitario
3020
08
2
Piloto de aviación
3130
09
2
Secretario
5140
06
SECCION DE OPERACIONES Y COMUNICACIONES
1
Jefe de Sección
2075
05
3
Técnico Operativo
4080
09
1
Secretario
5140
08
3
Operario Calificado
6000
09
SECCION DE INSTRUCCION Y ENTRENAMIENTO
1
Jefe de Sección
2075
05
2
Instructor
4085
06
1
Dibujante
4095
06
1
Secretario
5140
06
DIVISION FINANCIERA.
1
Jefe de División
2040
06
1
Técnico en Presupuesto
4035
13
1
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Pagador
5045
17
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
2
Auxiliar Administrativo
5120
07
2
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
NIVEL REGIONAL
DIRECCIONES SECCIONALES.
ANTIOQUIA.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
ATLANTICO.
1
Director Seccional
2095
05
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
BOGOTA.
1
Director Seccional
2095
05
4
Auxiliar Técnico
4110
06
3
Coordinador
5005
15
2
Secretario
5140
06
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
BOLIVAR.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Secretario
5140
06
BOYACA.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
CALDAS.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Secretario
5140
06
CAQUETA.
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Secretario
5140
06
CAUCA.
1
Auxiliar de Técnico
4110
05
1
Coordinador
5005
21
1
Secretario
5140
06
CAUCA.
CESAR.
1
Director Seccional
2095
05
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
CORDOBA.
1
Supervisor
5105
12
CUNDINAMARCA.
1
Director Seccional
2095
05
2
Coordinador
5005
15
1
Secretario
5140
08
1
Secretario
5140
06
CHOCO.
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
GUAJIRA.
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Coordinador
5005
21
1
Secretario
5140
06
HUILA.
1
Director Seccional
2095
05
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
MAGDALENA.
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Secretario
5140
06
META.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Secretario
5140
06
NARIÑO.
1
Director Seccional
2095
05
1
Supervisor
5105
12
2
Secretario
5140
06
NORTE DE SANTANDER
1
Director Seccional
2095
05
1
Coordinador
5005
15
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
QUINDIO
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
RISARALDA.
1
Director Seccional
2095
05
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
SANTANDER.
1
Director Seccional
2095
05
2
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Coordinador
5005
15
1
Secretario
5140
08
1
Operario
6030
05
SUCRE.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
TOLIMA.
1
Director Seccional
2095
05
1
Coordinador
5005
15
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
08
1
Chofer Mecánico
6010
06
VALLE DEL CAUCA.
1
Director Seccional
2095
05
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Coordinador
5005
15
1
Secretario
5140
06
INTENDENCIAS Y COMISARIAS.
1
Auxiliar de Técnico
4110
06
1
Coordinador
5005
21
1
Coordinador
5005
15
1
Supervisor
5105
12
1
Secretario
5140
06
2
Operario
6030
05
Artículo 2o. El presente Acuerdo para su validez requiere la aprobación por Decreto de Gobierno Nacional y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias particularmente el Acuerdo número 01 de 1977 aprobado por Decreto 2713 de 1977, y el Acuerdo número 014 de 1987 aprobado por Decreto 136 de 1988.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., el 17 de mayo de 1989.
(Fdo.) Presidente de la Junta,
General PEDRO NEL MOLANO VANEGAS
Jefe del Estado Mayor Conjunto-encargado de las funciones del Comandante General de las Fuerzas Militares.
(Fdo.) Secretario de la Junta,
Mayor (r) JORGE DURAN GIRALDO.
ARTICULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial los Decretos 2713 de 1977 y 136 de 1988.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 16 de febrero de 1990.
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
LUIS FERNANDO ALARCON MANTILLA.
El Ministro de Defensa Nacional,
General OSCAR BOTERO RESTREPO.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
WILLIAM RENE PARRA GUTIERREZ.