DECRETO 3145 DE 1990
(diciembre 28)
POR EL CUAL SE APRUEBA EL ACUERDO NÚMERO 032 DEL 15 DE NOVIEMBRE DE 1990 QUE ESTABLECE LA PLANTA DE PERSONAL DEL FONDO NACIONAL DEL NOTARIADO.
Nota 1: Derogado por el Decreto 2402 de 1997, artículo 2º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1595 de 1994.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y de las que le confiere el artículo 74 del Decreto Ley 1042 de 1978,
DECRETA:
ARTICULO 1. Apruébase el Acuerdo número 032 del 15 noviembre de 1990 de la Junta Directiva del Fondo Nacional del Notariado, que dice:
ACUERDO NÚMERO 032 DE 1990
(noviembre 15)
“por el cual se establece la Planta de Personal del Fondo Nacional de Notariado”.
La Junta Directiva del Fondo Nacional del Notariado, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el ordinal c) del artículo 9° de los Estatutos del Fondo Nacional del Notariado,
ACUERDA:
Artículo 1. Las funciones propias del Fondo Nacional del Notariado, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:
N° DE CARGOS
DEPENDENCIA Y DENOMINACION DEL CARGO
CODIGO
GRADO
DIRECCION GENERAL
SUBDIRECCION GENERAL.
1
Subdirector General de Establecimiento Público
0040
07
1
Jefe de Sección
2075
06
1
Profesional Universitario
3020
08
1
Operador Equipo de Sistemas
4100
06
1
Tesorero
5015
20
1
Secretario Ejecutivo
5040
15
1
Almacenista
5080
11
1
Secretario Ejecutivo
5040
11
1
Auxiliar Administrativo
5120
09
1
Secretario
5140
08
1
Auxiliar Administrativo
5120
07
1
Ayudante de Oficina
5155
07
1
Conductor Mecánico
6010
03
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
02
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
01
Artículo 2. El valor total de la presente Planta de Personal no podrá exceder el valor límite por Servicios Personales, autorizado por el Comité de Control del Gasto Público.
Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por decreto del Gobierno Nacional y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D E., a 15 de noviembre de 1990
El Presidente,
(Fdo.) MAURICIO LONDOÑO PAREDES
Delegado del Ministro de Justicia.
El Secretario,
(Fdo.) HUMBERTO VANEGAS CASTRO».
ARTICULO 2. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de diciembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Justicia,
JAIME GIRALDO ANGEL.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ.