DECRETO 3074 DE 1990
(diciembre 21)
POR EL CUAL SE SEÑALA EL SALARIO MINIMO LEGAL.
Nota: Derogado por el Decreto 2867 de 1991, artículo 2º.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 147 del Código Sustantivo del Trabajo,
D E C R E T A :
Artículo 1º . Fijar a partir del primero (1§) de enero de mil novecientos noventa y uno (1991) el salario mínimo legal diario, para los trabajadores de los sectores urbano y rural, en la suma de mil setecientos veinticuatro pesos ($1.724.oo).
Artículo 2º . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 3000 de 1989.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 21 diciembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Publico,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.
El Ministro del Trabajo y Seguridad Social,
FRANCISCO POSADA DE LA PEÑA.