DECRETO 2924 DE 1991
(diciembre 31)
Por el cual se establece la planta de personal del servicio interno del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Nota 1: Derogado por el Decreto 609 de 1993, artículo 3º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 374 de 1993 y por el Decreto 1489 de 1992.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y los artículos 39 y 45 de la Ley 11 de 1991,
DECRETA:
Artículo 1° Las funciones propias del Ministerio de Relaciones Exteriores serán cumplidas por la Planta de personal del servicio interno que a continuación se establece:
No. de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Ministro.
1
Ministro
0005
1
Asesor
1020
05
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Ejecutivo
5040
13
2
Conductor Mecánico
6010
09
1
Auxiliar Servicios Generales
6035
08
Despacho del, Viceministro de Relaciones Exteriores.
1
Viceministro
0020
1
Asesor
1020
04
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Secretario
5140
10
1
Conductor Mecánico
6010
09
Despacho del Viceministro de Asuntos Económicos Internacionales
1
Viceministro
0020
1
Asesor
1020
04
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Secretario
5140
10
1
Conductor Mecánico
6010
09
Secretaría General.
1
Secretario General del Ministerio
0035
16
1
Secretario Ejecutivo
5040
17
1
Conductor Mecánico
6010
09
Artículo 2º Los cargos que a continuación se establecen conforman la planta global interna del Ministerio de Relaciones Exteriores los cuales serán distribuidos por el Ministro mediante Resolución, de acuerdo con la estructura orgánica, los planes, programas y necesidades del servicio:
No. de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
Secretaría General
5
Subsecretario de Relaciones Exteriores
0044
11
1
Director de Academia Diplomática
0036
11
4
Director General de Ministerio
0100
12
1
Director General de Protocolo
0087
11
9
Subdirector de Ministerio
0150
09
21
Asesor
1020
04
11
Asesor
1020
02
8
Asesor
1020
01
6
Ministro Plenipotenciario
2006
13
8
Ministro Consejero
2031
14
4
Jefe de Oficina
2045
21
14
Consejero de Relaciones Exteriores
2091
08
5
Profesional Especializado
3010
16
1
Profesional Especializado
3010
15
17
Profesional Especializado
3010
14
23
Profesional Especializado
3010
13
3
Profesional Especializado
3010
12
6
Profesional Universitario
3020
08
11
Profesional Universitario
3020
07
6
Profesional Universitario
3020
04
31
Primer Secretario de Relaciones Exteriores
3055
10
34
Segundo Secretario de Relaciones Exteriores
3056
06
2
Analista de Sistemas
4005
15
1
Técnico en Comunicaciones
4030
14
6
Técnico en Presupuesto
4035
13
1
Técnico Administrativo
4065
11
3
Programador de Sistemas
4060
12
24
Técnico Administrativo
4065
11
5
Técnico Administrativo
4065
09
36
Tercer Secretario de Relaciones Exteriores
4076
11
4
Técnico Operativo
4080
11
1
Dibujante
4095
08
3
Operador de equipos de Sistemas
4100
09
5
Asistente Administrativo
4140
16
13
Asistente Administrativo
4140
15
5
Asistente Administrativo
4140
12
50
Secretario Ejecutivo
5040
17
19
Secretario Ejecutivo
5040
15
27
Secretario Ejecutivo
5040
13
32
Auxiliar Administrativo
5120
11
3
Secretario
5140
10
41
Operario Calificado
6000
09
33
Conductor Mecánico
6010
09
1
Auxiliar Servicios Generales
6035
08
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 1371 de 1980, 2343 de 1991 y demás disposiciones que los adicionen o modifiquen.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 31 de diciembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
Noemí Sanín de Rubio.
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Héctor José Cadena Clavijo.
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Carlos Humberto Isaza Rodríguez.