DECRETO 2875 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 2875 DE 1991    

(diciembre 24)    

     

POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO  2285 DEL 24 DE SEPTIEMBRE DE 1990 Y EL ARTICULO 1º DEL DECRETO  2857 DEL 26 DE NOVIEMBRE DE 1990.    

     

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades  que le confiere el numeral 20 del artículo 189 de la Constitución Política,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1°. Modifícase el artículo 1° del Decreto  2857 del 26 de noviembre de 1990 en el sentido de adoptar a partir de la  fecha de publicación del presente Decreto para efectos del pago de las sumas  que el Banco de la República deba realizar por concepto de salarios, primas de  costo de vida y gastos de representación de los funcionarios diplomáticos en la  Embajada de Colombia ante el Gobierno de los Estados Unidos de América con sede  en Washington, en la Embajada de Colombia ante la Organización de las Naciones  Unidas con sede en Nueva York, la Embajada ante la Organización de los Estados  Americanos-OEA, con sede en Washington, una tasa de 2.3 francos suizos por  dólar de los Estados Unidos de América.    

     

Artículo 2°. Modifícase el artículo 2° del Decreto  2285 del 24 de septiembre de 1990, en el sentido de adoptar a partir de la  fecha de publicación del presente Decreto, el dólar de los Estados Unidos de  América como la moneda en que se efectuarán los pagos que debe realizar el  Banco de la República, por concepto de las sumas a que tengan derecho los  funcionarios administrativos de las Embajadas de Colombia ante el Gobierno de  los Estados Unidos de América, Organización de las Naciones Unidas, ONU, con  sede en Nueva York, Organización de los Estados Americanos, OEA, con sede en  Washington y los funcionarios administrativos de los Consulados de Colombia en  los Estados Unidos de América.    

     

Artículo 3°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese, comuníquese y cúmplase.    

     

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 1991.    

     

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

La Ministra de Relaciones Exteriores,    

NOEMI SANIN DE RUBIO.    

     

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.    

 

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