DECRETO 2874 DE 1991
(diciembre 24)
POR EL CUAL SE ESTABLECE LA PLANTA GLOBAL DE PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS DEL MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo del Decreto ley 1644 del 27 de junio de 1991,
DECRETA:
Artículo 1°. Establécese para el Cumplimiento de las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la siguiente planta global de personal:
PLANTA GLOBAL
Número de cargos
Denominación del empleo
Código
1
Director General
4532
1
Subdirector General
4431
5
Subdirector
4330
9
Jefe de Oficina
4230
3
Asesor
4029
2
Asesor
4028
2
Asesor
4026
2
Asesor
4025
6
Jefe Regional de Aduana A
4127
5
Jefe Regional de Aduana B
4125
8
Jefe Regional de Aduana C
4124
10
Especialista Aduanero
2329
10
Especialista Aduanero
2328
45
Especialista Aduanero
2327
27
Especialista Aduanero
2323
2
Especialista en Investigación
3329
2
Especialista en Investigación
3328
4
Especialista en Investigación
3327
38
Profesional Aduanero
2322
40
Profesional Aduanero
2321
40
Profesional Aduanero
2319
55
Profesional Aduanero
2318
70
Profesional Aduanero
2317
90
Profesional Aduanero
2316
9
Profesional en Investigación
3322
9
Profesional en Investigación
3321
18
Profesional en Investigación
3317
46
Técnico Aduanero
2209
10
Técnico Aduanero
2208
10
Técnico Aduanero
2207
10
Técnico Aduanero
2206
20
Técnico Aduanero
2205
3
Técnico de Investigación y Vigilancia
3214
8
Técnico de Investigación y Vigilancia
3213
26
Técnico de Investigación y Vigilancia
3211
35
Técnico de Investigación y Vigilancia
3208
397
Técnico de Investigación y Vigilancia
3207
21
Técnico Administrativo
4214
2
Técnico Administrativo
4212
63
Técnico Administrativo
4211
8
Técnico Administrativo
4210
25
Técnico Administrativo
4209
85
Auxiliar Administrativo
4107
42
Auxiliar Administrativo
4106
94
Auxiliar Administrativo
4105
68
Auxiliar Administrativo
4104
108
Auxiliar Administrativo
4103
37
Auxiliar Administrativo
4102
27
Auxiliar Administrativo
4101
Total 1658.
Artículo 2°. El Director General distribuirá los cargos y ubicará el personal de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Decreto 1642 de 1991.
Artículo 3°. Los funcionarios que se acogieron voluntariamente al Plan Colectivo de Retiro Compensado en atención a lo dispuesto mediante la Resolución 03415 de 1991 del Ministro de Hacienda y Crédito Público, y cuya fecha de retiro se fijó con posterioridad a la expedición de este Decreto, no se Incorporarán a la nueva planta global de personal de la Dirección General de Aduanas. Sin embargo, continuarán desempeñando sus funciones y devengando los salarios y prestaciones a los que tienen derecho con el cargo del cual son titulares hasta la fecha de retiro.
La Dirección General de Presupuesto garantizará los recursos necesarios para cubrir los gastos a que haya lugar por este concepto.
Artículo 4° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 1319 de 1989 y 1467 de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRÍGUEZ.
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRÍGUEZ.