DECRETO 2858 DE 1990
(noviembre 27)
POR EL CUAL SE DELEGAN ALGUNAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 128 de la Constitución Política, y
CONSIDERANDO:
Que el Jefe del Estado viajará a la ciudad de La Paz, Bolivia, para asistir a la IV Reunión del Consejo Presidencial Andino, los días 28, 29 y 30 de noviembre de 1990.
Que en razón de la precedencia establecida en las leyes vigentes, el Ministro de Gobierno est habilitado para ejercer funciones constitucionales como Ministro Delegatario,
DECRETA:
Artículo 1º Delegase en el Ministro de Gobierno Julio César Sánchez García, por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, las siguientes funciones constitucionales:
a) Artículo 118, numerales 7º y 8º .
b) Artículo 119, numerales 2º y 4º .
c) Artículo 120, con excepción de los asuntos indicados en el numeral 20.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 27 de noviembre de 1990.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, FABIO VILLEGAS RAMIREZ.