DECRETO 2648 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 2648 DE 1991    

(noviembre 25)    

     

POR EL CUAL SE CREA LA  COMISION DEL BICENTENARIO DEL NATALICIO DEL GENERAL FRANCISCO DE PAULA  SANTANDER.    

     

Nota: Adicionado por el Decreto 364 de 1992.    

     

El Presidente de la República  de Colombia en uso de las facultades que le confiere el inciso cuarto del  artículo 1º del Decreto  extraordinario 1050 de 1968 y la Ley 01 de 1988, y    

     

CONSIDERANDO:    

     

1. Que el 2 de abril  de 1992 se celebra el Bicentenario del Natalicio del General Francisco de Paula  Santander;    

     

2. Que por medio de la  Ley 01 de 1988, la  Nación se asocia a la conmemoración del bicentenario del nacimiento del General  Francisco de Paula Santander y se ordenan obras de utilidad pública y  actividades de carácter cultural;    

     

3. Que el pueblo  Colombiano reconoce en el General Santander al comandante de la vanguardia del  ejército que bajo el mando del Libertador Simón Bolivar, dio libertad a la  Patria; al organizador de la victoria, al Vicepresidente de la Gran Colombia y  al Primer Presidente de la actual República de Colombia;    

     

4. Que Francisco de  Paula Santander plantó entre los colombianos la obediencia a las leyes y ejecutó  una infatigable labor administrativa que, cambiando profundamente las ideas  coloniales, puso a la Gran Colombia en el umbral de su desarrollo material,  cultural y político;    

     

5. Que el legado  educativo del General Santander es motivo de orgullo nacional, toda vez que a  él se debe la formación de los primeros planes de estudio, la difusión de las  primeras letras y la fundación de importantes colegios y universidades, así  como la creación del Museo Nacional y de la Academia de Ciencias;    

     

6. Que en 1987 fue creada  la Fundación para la Conmemoración del Bicentenario del Natalicio y el  Sesquicentenario de la muerte del General Francisco de Paula Santander como  persona jurídica sometida a las reglas del derecho privado, sin ánimo de lucro  y de utilidad común, con personería jurídica reconocida por Resolución especial  001/87 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, de la cual hacen parte como socios  fundadores entidades públicas y privadas;    

     

7. Que la Fundación  tiene por objeto social el acopio, publicación y distribución de obras sobre el  General Santander, y además la coordinación y programación de los actos  conmemorativos de las efemérides santanderinas, y para el cumplimiento de estos  fines tiene entre sus funciones las de coordinar todas las actividades que el  Gobierno Nacional le determine para conmemorar las efemérides del natalicio y  muerte del General Santander;    

     

8. Que es necesario  designar oficialmente la entidad que tenga a su cargo la programación general y  la coordinación de las actividades que se desarrollen con motivo del  Bicentenario del Natalicio de Francisco de Paula Santander,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1º Créase,  adscrita al Ministerio de Educación Nacional la Comisión del Bicentenario del  Natalicio del General Francisco de Paula Santander para la preparación y coordinación  de los actos conmemorativos de la celebración de los doscientos años de su  nacimiento.    

     

Artículo 2º La  Comisión que se crea mediante este Decreto estará integrada por:    

     

–El Presidente de la  República o su delegado quien la presidirá.    

     

–El Ministro de  Educación Nacional o su representante.    

     

–El Ministro de  Relaciones Exteriores o su representante.    

     

–El Ministro de  Comunicaciones o su representante.    

     

–El Gobernador de  Norte de Santander.    

     

–El Presidente de la  Academia Colombiana de Historia.    

     

–El Presidente de la  Sociedad Santanderista de Colombia.    

     

Adición del Decreto 364 de 1992,  artículo 1º :    

     

–     El Ministro de Defensa  Nacional o su representante.    

     

– El  Presidente del Congreso de Colombia o su representante.    

     

Artículo 3º Esta  comisión tendrá una Secretaria Ejecutiva a cargo de la Fundación para la  Conmemoración del Bicentenario del Natalicio y el Sesquicentenario de la muerte  del General Francisco de Paula Santander, la cual tendrá a su cargo la  ejecución de las decisiones sobre proyectos y actividades que determine el  Gobierno Nacional a través del Ministerio de Educación Nacional.    

     

Artículo 4º Son  funciones de la Comisión:    

     

a) Diseñar y presentar  al Gobierno Nacional el proyecto del programa de actividades preparatorias y  actos conmemorativos de las efemérides, dentro y fuera del país;    

     

b) Presentar una  programación y un estudio de costos de las actividades que el Gobierno adopte;    

     

c) Las demás que le  asigne el Gobierno Nacional.    

     

Artículo 5º    La  Comisión que se crea por este Decreto regulará su propio funcionamiento y  establecerá un cronograma de sesiones.    

     

Artículo 6º    El  presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Santafé de  Bogotá, D. C., a 25 de noviembre de 1991.    

     

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

El Ministro de  Educación Nacional,    

CARLOS HOLMES TRUJILLO GARCIA.    

 

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