DECRETO 2550 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 2550 DE 1990        

(octubre    26)        

por el cual se suprimen y    se crean unos cargos en el Servicio Exterior de la República.        

El Presidente de la República de Colombia, en    uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120    de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos 2016 de 1968 y 1479    de 1990,        

         

DECRETA:        

Artículo 1. A partir del 1. de noviembre de    1990, suprímese en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los    Estados Americanos-OEA-con sede en Washington-Estados Unidos de América, un (1)    cargo de Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación    básica mensual de tres mil ciento sesenta y cinco dólares con 41/100 (US$    3.165.41), actualmente ocupado por el doctor Carlos Mauricio Acero Montejo,    quien pasará a otro cargo.        

Artículo 2. A partir del 1. de noviembre de    1990, suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un    (1) cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, con una asignación    básica mensual de tres mil nueve dólares con 36/100 (US$ 3.009.36), cargo    actualmente vacante.        

Artículo 3. A partir del 1. de noviembre de    1990, créase en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de los    Estados Americanos-EA-con sede en Washington-Estados Unidos de América, un (1)    cargo de Ministro Consejero, Grado Ocupacional 5 EX, con una asignación básica    mensual de tres mil nueve dólares con 36/100 (US$ 3.009.36).        

Artículo 4. A partir del 1º de noviembre de    1990, créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Venezuela, un (1)    cargo de Ministro Plenipotenciario, Grado Ocupacional 6 EX, con una asignación    básica mensual de tres mil ciento sesenta y cinco dólares con 41/100 (US$    3.165.41).        

Artículo 5. Las erogaciones que ocasione el    cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del    Ministerio de Relaciones Exteriores.        

Artículo 6. Este Decreto rige a partir de la    fecha de su publicación.        

Publíquese, comuníquese y cúmplase.        

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de octubre de 1990.        

         

CESAR    GAVIRIA TRUJILLO        

El Ministro de Relaciones Exteriores,        

Luis    Fernando Jaramillo Correa.        

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,        

Rudolf    Hommes Rodríguez.        

                             

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