DECRETO 2425 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 2425 DE 1991    

(octubre 29)    

     

POR EL CUAL SE DECLARA EL MES DE OCTUBRE COMO DEL  ARTISTA NACIONAL.    

     

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el  artículo 71 de la Constitución Nacional,    

     

DECRETA:    

     

Artículo 1o. Declárase el  mes de octubre de cada año como del Artista Nacional y el veintidós (22) del  mismo mes como el día del Compositor Colombiano.    

     

Artículo 2o. Los medios de  comunicación harán amplia difusión de la vida y obra de los Compositores  Colombianos y en sus programaciones tendrán prioridad los artistas nacionales.    

     

Artículo 3o. Los  establecimientos educativos de todo orden celebrarán el día del Compositor  Colombiano con actos culturales que exalten las obras de nuestros compositores.    

     

Artículo 4o. Las  autoridades regionales y locales prestarán su concurso para las celebraciones  de que trata este Decreto.    

     

Artículo 5o. El presente Decreto  rige a partir de la fecha de su publicación.    

     

Publíquese, comuníquese y  cúmplase.    

Dado en Santa Fe de  Bogotá, D. C., a 29 de octubre de 1991.    

     

CESAR GAVIRIA TRUJILLO    

     

El Ministro de Educación  Nacional,    

ALFONSO VALDIVIESO  SARMIENTO.    

 

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