DECRETO 2357 DE 1991
(octubre 18)
por el cual se establece la planta de personal de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Nota: Derogado por el Decreto 593 de 1993, artículo 10.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y en desarrollo del Decreto ley 1642 del 27 de junio de 1991,
DECRETA:
Artículo 1o. Las funciones propias de las distintas dependencias de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, serán desarrolladas por la planta global de personal que a continuación se establece:
No. de cargos
Denominación del cargo
Código
Grado
1
Director General del Presupuesto
0130
14
4
Subdirector de Ministerio
0150
08
1
Asesor
1020
07
2
Asesor
1020
04
1
Jefe de Oficina
2045
21
14
Jefe de División
2040
16
1
Controlador Presupuestal
2200
13
1
Jefe de División
2040
12
14
Profesional Especializado
3010
16
17
Profesional Especializado
3010
15
15
Profesional Especializado
3010
14
6
Especialista en Presupuesto
3140
14
12
Especialista en Presupuesto
3140
13
13
Profesional Especializado
3010
13
30
Profesional Especializado
3010
12
45
Profesional Especializado
3010
10
16
Profesional Especializado
3010
08
9
Profesional Universitario
3020
08
20
Profesional Universitario
3020
06
3
Profesional Universitario
3020
04
2
Analista de Sistemas
4005
15
2
Asistente Administrativo
4140
15
13
Técnico en Presupuesto
4035
14
1
Analista de Sistemas
4005
13
2
Asistente Administrativo
4140
12
2
Programador de Sistemas
4060
12
2
Asistente Administrativo
4140
10
2
Técnico Administrativo
4065
09
1
Técnico Administrativo
4065
07
1
Técnico Operativo
4080
07
2
Coordinador
5005
17
6
Secretario Ejecutivo
5040
17
10
Secretario Ejecutivo
5040
15
1
Coordinador
5005
15
1
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Auxiliar Administrativo
5120
11
11
Secretario Ejecutivo
5040
11
6
Secretario
5140
10
4
Auxiliar Administrativo
5120
09
5
Secretario
5140
08
7
Auxiliar y Administrativo
5120
07
2
Ayudante de Oficina
5155
05
1
Auxiliar de Servicios Generales
6035
05
309
Total
Artículo 2o. El Director distribuirá los cargos y ubicará el personal de acuerdo con los planes, programas y necesidades del servicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 96 del Decreto 1642 de 1991.
Artículo 3o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, el especial el Decreto 1133 de mayo 30 de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Héctor José Cadena Clavijo.
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
Carlos Humberto Isaza Rodríguez.