DECRETO 2353 DE 1991
(octubre 18)
POR EL CUAL SE MODIFICA EL INCISO 2ø DE LA LETRA B) DEL ARTICULO 4 DEL DECRETO 2202 DE AGOSTO 22 DE 1991.
Nota: Aclarado por el Decreto 2475 de 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial en las conferidas en el ordinal 11 del artículo 189 de la Constitución Nacional, y en Desarrollo del artículo 48 de la Ley 81 de 1988.
DECRETA:
Nota: El Decreto 2475 de 1991, artículo 1º, dice: Aclárase el Decreto número 2353 del 18 de octubre de 1991, en el sentido de que el número del Decreto que se modifica es el 2002 del 22 de agosto de 1991 y no como allí aparece.
Artículo 1. El inciso 2ø de la letra b) del artículo 4. del Decreto 2202 de agosto 22 de 1991, quedará así:
-Un representante de la Corporación Calidad y su suplente, designado por el Ministro de Desarrollo Económico, para períodos de un año de ternas presentadas por las Asociaciones de Consultores de Calidad.
Artículo 2. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y Cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 18 de octubre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Desarrollo Económico,
ERNESTO SAMPER PIZANO.