DECRETO 2250 DE 1991
(octubre 2)
POR EL CUAL SE MODIFICA EL DECRETO 1751 de 1991.
Nota: Este Decreto fue declarado inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-511 de 1992.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 7° del artículo 61 de la Ley 49 de 1990,
DECRETA:
Artículo 1° Modifícase el parágrafo 1° del artículo 1° del Decreto 1751 de 1991, el cual quedará así:
“La presentación de la declaración de saneamiento deberá efectuarse en el lapso comprendido entre el 1° de agosto de 1991 y el 31 de octubre de 1991, salvo que se trate de los vehículos a que se refiere el artículo 4° de este Decreto, en cuyo caso el plazo para acogerse al saneamiento será hasta el 2 de octubre de 1991”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dando en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 2 de octubre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ.