DECRETO 2218 DE 1990

Decretos 1990

DECRETO 2218 DE 1990        

(septiembre 20)        

POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTICULO 32 DEL DECRETO NÚMERO    1880 DE 1988 “NORMAS SOBRE CONDECORACIONES MILITARES”.        

El    Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales en    especial de las que le confiere el artículo 66 de la Ley 4ª de 1913,        

DECRETA:        

Artículo    1º. El artículo 32 del Decreto 1880 de 1988,    quedará así:        

“SESIONES    DEL CONSEJO Y CONVOCATORIA”. Las sesiones ordinarias del Consejo de las    Ordenes se efectúan un mes antes de las fechas señaladas en la segunda parte,    Capítulo II, artículo 12 del presente Reglamento, y en reunión extraordinaria    cuando el Gran Maestre o el Gran Canciller así lo dispongan, o cuando alguno de    sus miembros lo solicite. En este último caso, el interesado hará solicitud escrita    dirigida al Gran Canciller, exponiendo los motivos que justifiquen su    convocatoria.        

La    convocatoria para las reuniones ordinarias se hace mediante citación verbal o    escrita, dirigida a cada uno de los miembros, firmada y autenticada por el    Canciller.        

Tanto    las reuniones ordinarias como las extraordinarias pueden ser presididas por el    Gran Maestre, por el Gran Canciller, o por el Miembro Benemérito de las    Ordenes. En ellas se requiere la mitad mas uno de los miembros del Consejo para    que haya quórum, y las decisiones se toman por mayoría de votos.        

Cuando    dentro de la sesión a que se convoca, sea ordinaria o extraordinaria, se    estudie la concesión de la Orden a uno de los miembros del Consejo, éste no    será citado y por lo tanto su nombre no aparecerá en el acta como participante    en ella.        

Artículo    2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga    las disposiciones que le sean contrarias.        

Publíquese    y cúmplase.        

Dado    en Bogotá D. E., a 20 de septiembre de 1990.        

CESAR    GAVIRIA TRUJILLO        

El    Ministro de Relaciones Exteriores,        

LUIS    FERNANDO JARAMILLO CORREA.        

El    Ministro de Defensa Nacional,        

General    OSCAR BOTERO RESTREPO.                            

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