DECRETO 2201 DE 1991

Decretos 1991

DECRETO 2201 DE 1991    

(septiembre 24)    

     

     

POR  EL CUAL SE APRUEBA LA REFORMA DEL ARTICULO 19 DE LOS ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE  FOMENTO INDUSTRIAL, IFI.    

     

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le  confieren los Decretos extraordinarios 1050 y 3130 de 1968,    

     

     

DECRETA:    

     

Artículo  1º. Apruébase la reforma del artículo 19 de los Estatutos del Instituto de  Fomento Industrial, IFI, adoptados por su Junta Directiva, como consta en el  Acta número 1693 del 14 de mayo de 1991, cuyo texto quedara así:    

     

“El  instituto estará sometido a la inspección y vigilancia de la Superintendencia  Bancaria, de acuerdo con lo establecido en el artículo 37 del Decreto 1157 de 1940.    

     

El  Revisor Fiscal del Instituto será designado por el Gobierno Nacional a través  del Presidente de la República y el Ministro de Hacienda y Crédito Público, de  acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 45 de 1990 ”    

     

Artículo  2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el  artículo 19 de los Estatutos del Instituto de Fomento Industrial, aprobados por  el Decreto  166 del 10 de febrero de 1969.    

     

Publíquese  y cúmplase.    

Dado  en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 24 de septiembre de 1991.    

CESAR  GAVIRIA TRUJILLO    

     

El  Ministro de Desarrollo Económico,    

ERNESTO  SAMPER PIZANO.    

 

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