DECRETO 2101 DE 1991
(septiembre 6)
POR EL CUAL SE ACLARA EL NUMERAL 3° DEL ARTICULO 2° DEL DECRETO 1910 DEL 5 DE AGOSTO DE 1991.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° Aclarar el ordinal 3° del artículo 2° del Decreto 1910 del 5 de agosto de 1991 en el sentido de que el Decreto allí citado no es el 130 de 1982 sino el Decreto 180 de 1982.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D C., a 6 de septiembre de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Educación Nacional,
ALFONSO VALDIVIESO SARMIENTO.