DECRETO 1941 DE 1991
(agosto 9)
Por el cual se modifica la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, “Dancoop”.
Nota: Derogado por el Decreto 1567 de 2000, artículo 7º.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 14 del articulo 189 de la Constitución Nacional,
DECRETA:
Articulo 1°. Suprímense de la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, los siguientes cargos:
NIVEL NACIONAL
Nº de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Secretario General.
2
Profesional Especializado
3010
10
Artículo 2°. Créanse en la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, los siguientes cargos:
Nº de cargos
Dependencia y denominación del empleo
Código
Grado
Despacho del Director.
2
Profesional Especializado
3010
10
Artículo 3°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, modifica en lo pertinente el Decreto 22 de 1987 y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 9 de agosto de 1991.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ;
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil,
CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ;
El Director del Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas, ADOLFO MIGUEL POLO SOLANO.